Todos los perros deberán pasar una prueba de sociabilidad obligada por la Ley de Protección Animal
Polémica

Todos los perros deberán pasar una prueba de sociabilidad obligada por la Ley de Protección Animal

Uno de los aspectos más polémicos que traerá la ley animalista recae en que todos los perros deberán pasar una prueba de sociabilidad para demostrarle al Gobierno que no son potencialmente peligrosos. Aún está por ver cuánto desembolso supondrá ese examen, pero los que realiza actualmente la RSCE cuestan 50 euros.


Hablamos con una de las escasas entidades, la Real Sociedad Canina de España, que organiza este tipo de pruebas de sociabilidad, que presentan como una “opción consolidada para verificar las aptitudes de convivencia de los perros, tal y como exigirá la Ley de Bienestar Animal”.

Desde la prestigiosa entidad del perro de raza en España nos cuentan que “La ley incluye la obligatoriedad de hacer un test de sociabilidad para demostrar que un perro puede vivir en sociedad, dentro de unos límites. Por otro lado, la RSCE lleva años realizando un test de sociabilidad y somos los únicos en España que tenemos una trayectoria el respecto.

Postulamos en la mesa parlamentaria nuestra prueba de sociabilidad, lo cual no quiere decir, en ningún caso, que nuestra prueba sea la que se tendría que hacer si sale adelante la ley. Entendemos que será una más sencilla. Entendemos también que la tendrán en cuenta, pero a día de hoy no está como la prueba homologada que obligaría a hacer el Gobierno”.

Esto es lo que piensan los perros de caza de la ley de protección animal

 

¿Cuánto costará la prueba de sociabilidad de los perros?

Nuestra siguiente pregunta concierne al bolsillo de los propietarios de perros de este país ¿Esta prueba tiene actualmente costo para el propietario del perro que se presenta a ella? ¿Lo tendría si el Gobierno la elige para ser la prueba homologada que exige la ley?

La Real Sociedad Canina de España nos responde lo siguiente: “Sí, la que hacemos nosotros tiene un coste de unos 50€. En el caso en el que se aprobase y el gobierno homologase la nuestra, desconozco los acuerdos a los que se llegarían”.

Así es la prueba que realiza la RSCE

El proyecto de Ley de Bienestar Animal contiene la obligación, para los dueños de perros, de superar una prueba de sociabilidad con el fin de verificar las aptitudes de convivencia de sus animales de compañía. El texto, actualmente en tramitación parlamentaria, recoge la implantación de un "test para valorar la aptitud” del perro “para desenvolverse en el ámbito social".

Desembolsos ilógicos para rehaleros, podenqueros…

Resumida en una infografía explicativa, las pruebas de sociabilidad que realizan los expertos de la RSCE se dividen en dos entornos en los que se llevan a cabo las comprobaciones de que nuestro perro no tiene respuestas agresivas: el entorno en pista y el entorno urbano.

Supongamos que el costo fuese los actuales 50 euros que pagan a la RSCE los que, de manera voluntaria, están presentando a sus perros a la prueba. Un rehalero con 20 perros tendría que pagar mil euros para cumplir con la ley de protección y bienestar animal.

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La prueba de sociabilidad, que tiene una duración de media jornada, consta de un módulo teórico y una parte práctica con distintos ejercicios que deben superar los perros y que se desarrollan en dos fases; una, en las instalaciones de una escuela canina preferentemente, y otra, en un circuito en ciudad. Estos ejercicios sencillos sirven para acreditar que la convivencia con otros perros, personas y vehículos es correcta.

Una vez superadas las pruebas, se confirma que un perro tiene el nivel de educación necesario suficiente como para saber que acudirá cuando su propietario lo llame, que sabrá caminar o esperar a nuestro lado mientras nos desplazamos por la ciudad y que no se altera, ni desequilibra su comportamiento al cruzarse con otros perros, personas, bicicletas o similares sin asustarse, ni molestar.

Todos los perros serán potencialmente peligrosos si no demuestran lo contrario

Desde marzo de 2002, fecha en la que el BOE publicó el polémico y muy discutido Real Decreto 287/2002, y hasta dentro de muy poco, determinadas razas están catalogadas como peligrosas en potencia. Son las siguientes, además de todos sus cruces:

  • Pit Bull Terrier.
  • Staffordshire Bull Terrier.
  • American Staffodshire Terrier.
  • Dogo Argentino.
  • Fila Brasileiro.
  • Tosa Inu.
  • Akita Inu.

Atendiendo al listado, muchos nos preguntábamos por qué estas razas y no otras con tanta o quizás más potencia corporal y de mordida. Pero la ley que incluyó a estos ocho representantes caninos enrazados también se cubrió la espalda por si le cuestionaban esto mismo, añadiendo en un anexo una serie de características que llevaban a cualquier perro mediano o grande a ser considerado peligroso. Son las siguientes:

  1. a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  2. b) Marcado carácter y gran valor.
  3. c) Pelo corto.
  4. d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  5. e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  6. f) Cuello ancho, musculoso y corto.
  7. g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  8. h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Hasta ese momento, regía la ley 50/1999 de 23 de diciembre que definía a los animales potencialmente peligrosos y regía sobre su tenencia. En aquel texto o se hablaba de razas caninas, sino de lo siguiente:

  1. Con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
  2. También tendrán la calificación de potencialmente peligrosos, los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen, en particular, los pertenecientes a la especie canina, incluidos dentro de una tipología racial que, por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

Pero cuando entre en vigor la ley de Unidas Podemos, según reza el proyecto normativo, todos los perros serán potencialmente peligrosos hasta que demuestren lo contrario a través de la prueba de sociabilización.


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