Vedas

Publicada la orden de vedas de la Región de Murcia para la temporada 2022/2023

La resolución indica para este periodo que la caza de la paloma torcaz se verá retrasada mientras la tórtola continúa con cupo 0.


 arruís
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En el día de hoy se ha publicado la orden de vedas de la Región de Murcia. La resolución publicada anuncia los periodos y especies cazables para la temporada 2022/2023 con novedades como el retraso en la caza de la paloma torcaz. En el documento se pueden consultar las fechas para las modalidades de caza mayor de rececho, aguardo, gancho, batida y montería, además de los cupos y otras directrices sobre las medidas sanitarias y el precintado de las piezas abatidas. Te contamos los detalles.

Especies cazables

En esta resolución las especies que podrán ser cazables en los terrenos de aprovechamiento cinegético en la comunidad autónoma serán, en cuanto a la caza menor: perdiz roja, codorniz, faisán vulgar, paloma torcaz, paloma bravía, zorzal real, zorzal común, zorzal alirrojo, zorzal charlo, el estornino pinto, zorro, conejo, liebre ibérica, urraca y la gaviota patiamarilla exceptuando la zona vedada.

Las especies de caza mayor serán el jabalí, ciervo, cabra montés, muflón, gamo, arruí y corzo.

La caza de la especie exótica como es el arruí contempla que la relación de animales que se deben abatir entre machos y hembras deberá ser 1:2, es decir, un cupo inferior de 3 individuos por cada 100 hectáreas.

La intención de la dirección general de medio natural es impulsar el control y posible erradicación de la especie fuera de zonas de distribución indicadas en el anexo IX, principalmente en espacios protegidos Red Natura 2000 y zonas pertenecientes a planes de especies protegidas.

Periodos hábiles para la caza menor

Para la caza menor, el periodo habilitado abarca todos los días desde el 12 de octubre hasta el 6 de enero.

En el periodo general se autoriza la práctica de la caza con dos perros por cazador impidiéndose el uso de galgos. Se permitirá el uso de 3 perros de raza podenco andaluz cuando la zona donde se cacen conejos tengan una fracción de matorral que cubra el lugar con un porcentaje mayor al 50%.

Con carácter extraordinario se autoriza el descaste de conejo con arma de fuego de jueves a domingo y festivos desde el segundo domingo de junio hasta el día 11 de ocubre, también con un máximo de dos perros por cazador.

Se podrán cazar del 7 de enero al 31 de dicho mes durante todos los días en puesto fijo el zorzal real, zorzal común, zorzal alirrojo, zorzal charlo, estornino pinto, urraca, gaviota patiamarilla y paloma bravía. El máximo de piezas por cazador y día para la suma de todas las especies de zorzales es de 6 ejemplares, sin restricciones para el resto de especies.

El zorro con perros de madriguera se cazará todos los días desde el 12 de octubre hasta el 12 febrero pudiendo usarse armas de fuego. El zorro a la chilla se podrá cazar todos los días desde el 12 de octubre hasta el 6 de enero.

Finalmente, los ojeos de perdiz roja podrán realizarse desde el 12 de octubre hasta el 6 de enero.

Media veda

La tórtola europea seguirá contando con la prohibición de su caza.

En el caso de la codorniz, para tratar de recuperar sus poblaciones solo se podrá cazar en la modalidad al salto el tercer y cuarto domingo de agosto.

La paloma torcaz, paloma bravía, urraca y gaviota patiamarilla excepto en zona vedada se podrá cazar en puesto fijo, jueves, sábados, domingos y festivos desde el 21 de agosto y el segundo domingo de septiembre.

El cupo máximo será para la codorniz de 2 por cazador y día y para la paloma torcaz 20 ejemplares mientras que el resto de especies no tienen restricciones.

Periodos y especies de caza mayor

En la modalidad de aguardo o espera se podrá cazar el jabalí para controlar los daños y frenar el riesgo de transmisión de peste porcina cualquier día del año y el zorro todos los días desde el 1 de mayo hasta el segundo domingo de febrero.

En las modalidades de gancho y batida se pueden abatir el muflón, gamo, jabalí, corzo, arruí y zorro. El periodo hábil será todos los días desde el primer domingo de septiembre al segundo de febrero.

En las monterías se podrán abatir, ciervo, muflón, gamo, jabalí, arruí y zorro desde el primer domingo de septiembre hasta el segundo de febrero todos los días.

Las especies que se podrán recechar son muflón, gamo, corzo, arruí, jabalí y zorro, desde el 1 de mayo hasta el segundo domingo de febrero. El ciervo podrá rececharse desde el primer domingo de septiembre al segundo de febrero y la cabra montés del 12 de octubre al segundo domingo de febrero.

En este enlace se puede acceder al documento completo.

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