¿En qué afecta realmente la Ley de Bienestar Animal a los perros de caza?
Legislación

¿En qué afecta realmente la Ley de Bienestar Animal a los perros de caza?

Ante la inminente entrada en vigor el próximo 29 de septiembre de La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, es necesario aclarar algunos apartados que generan dudas y cierta confusión en el colectivo de cazadores.


La ley española de Bienestar Animal, Ley 7/2023 del 28 de marzo, pretende regular y controlar la tenencia y trato de animales dentro de todo el territorio español. Su objetivo, tal y como se recoge en el BOE es proteger y garantizar el bienestar de los animales que residen en territorio español.

Recorrido de la Ley

A partir de enero del pasado año 2022 ya había entrado en vigor en nuestro país la modificación del régimen jurídico que traía consigo el preámbulo de la Ley de Protección Animal reconociendo a los perros y gatos como seres vivos dotados de sensibilidad, o “seres sintientes”. Esta modificación ya implicaba en la práctica algunos cambios como tener su bienestar en cuenta en caso de separación o divorcio, la no inclusión en las deudas hipotecarias como pertenencias y un mayor control de las poblaciones de animales.

Claramente apostaba por una eliminación de la caza con perro ya que las pautas de cada artículo sobre los perros impedían el habitual desarrollo de la actividad cinegética. En otras palabras, tenía el objetivo de prohibir la caza tal y como la conocemos.

Sin embargo, en medio de un importante debate sobre las macrogranjas que se produjo en España a principios de 2022 y aunque estaba previsto que el primer texto se aprobase en diciembre de 2021, la nueva ley tardó más de un año en ser ratificada definitivamente.

Finalmente, la norma se aprobó por parte del Congreso de los Diputados el 9 de febrero de 2023. La aprobación parlamentaria no estuvo exenta de polémica ya que la parte del Partido Socialista del Gobierno propuso modificar la ley para excluir de la misma a los perros de caza, gracias al esfuerzo y la presión ejercida por parte del colectivo cazador, mientras que Unidas Podemos ha sido el gran impulsor de esta norma, quería que estos animales también estuvieran amparados por la nueva Ley de Protección Animal. Al final, ambos partidos del Gobierno votaron que sí a esta ley.

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La exclusión de los perros de caza

El rechazo del mundo rural, en general, y de los cazadores en particular que lo demostraron en multitud de multitudinarias manifestaciones, como la ya legendaria del 20-M, así como las voces discordantes dentro de su propio partido, como el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García Page, llevaron a Pedro Sánchez a hacer alguna concesión y sacar a los perros de caza de la mencionada ley. Estos quedaron protegidos por la normativa vigente europea, nacional y autonómica correspondiente.

Cabe recordar que fue precisamente el malestar del sector de la caza con el Gobierno por sus discrepancias con la Ley de Bienestar Animal una de las razones por las que el PSOE obtuvo su peor resultado en las elecciones andaluzas, venciendo el PP por mayoría absoluta, hecho sorprendente en una Comunidad tradicionalmente de izquierdas.

Los perros de compañía y los perros de caza

Según la ley de Bienestar Animal, los perros de caza se consideran animales de compañía, pero entran en la categoría especial de "animales utilizados en actividades específicas" junto con los hurones de caza, los perros pastores y de guarda del ganado y las aves de cetrería.

Ya en el artículo 1.3. dice claramente que quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley los animales utilizados en actividades específicas (…) Igualmente quedarán excluidos los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza.

A partir de estas premisas ya sabemos que la gran mayoría de normas que establece esta ley no va a afectar a nuestros queridos compañeros de caza, aunque sí al resto de perros de compañía. Por eso, no está de más conocer algunos hechos que traerá consigo.

Todos los animales deben estar registrados

Todos los animales deben estar incluidos en el Registro de Animales de Compañía donde se incluirán los datos identificativos y sanitarios del animal, si realizan actividades asociadas a actividades humanas, como la actividad cinegética, empleo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad o actividad de pastoreo, junto con los datos identificativos de la persona propietaria o responsable.

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Sobre el seguro de responsabilidad civil

El artículo 30.3 dice que en el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.

A partir del 29 de este mes, este nuevo seguro obligatorio para todos los perros incluídos en la Ley, y no solo para los PPP (perros potencialmente peligrosos) como ocurría hasta ahora.

Al estar excluidos, los perros de caza que no sean PPP no requieren de ningún seguro de responsabilidad civil, pero es recomendable que cuenten con esa cobertura para sus acciones fuera de la caza.

Sobre el curso formativo de los propietarios de perros

Respeto a los propietarios de perros, se establece la obligatoriedad de haber realizado un curso formativo al efecto, con el supuesto objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal. Dan por sentado que los dueños no poseen suficientes conocimientos en el manejo, cuidado y tenencia de animales.

Esta norma queda recogida en el artículo 30.1 que establece que las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida. Dicho curso de formación será gratuito y su contenido se determinará reglamentariamente.

Nuevamente debemos recordar que los dueños de perros de caza están exentos de realizar este curso de formación.

Respecto al traslado de los perros

En lo que respecta al transporte, sí están incluidos y en los artículos 59 y 60 respectivamente se explicitan las obligaciones en el traslado de animales en general y de los de compañía en particular: el transporte deberá realizarse en habitáculos adaptados especialmente para ellos, salvo que viaje en el mismo espacio que su responsable, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de seguridad vial" y "el transporte de aquellos animales de compañía destinados a actividades deportivas o lúdicas, incluidas las cinegéticas, que se efectúe mediante remolques, carros o jaulas, deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo anterior.

En este sentido no podemos decir que sea ninguna novedad, puesto que ya llevábamos a nuestros canes en transporte perfectamente adaptados y aclimatados. Es necesario recordar que la normativa obliga a llevar un extintor homologado y preparado para su uso cuando se lleva el remolque enganchado

Obligación de identificar a todos los perros

El artículo 51, hablando de los animales de compañía, especifica que serán obligatoriamente objeto de identificación, mediante microchip, los perros, gatos y hurones, así como las aves, que serán identificadas mediante anillado desde su nacimiento.

Tampoco este punto supone ningún cambio para los perros de caza porque ya era obligatoria su identificación hasta ahora.

Otras normas que no afectan a los perros de caza

Esta Ley que fundamentalmente se basa en prohibiciones, tiene muchos otros puntos que no detallaremos porque nuestros perros están excluidos. Solo a modo de ejemplo, comentar un par de ellos.

El resto de perros no pueden quedar solos ni atados a una cadena más de 24 horas. De no ser así, el dueño se enfrenta a multas de hasta 10.000 euros. Los perros de caza o de trabajo, sin embargo, sí pueden vivir solos siempre y cuando estén localizados y tengan un lugar donde cobijarse.

Si hablamos de los métodos para la educación de los perros que se tengan como mascotas, no se podrán aplicar mecanismos que supongan ningún daño al animal, aunque con el perro cazador se pueden seguir utilizando las herramientas que sus dueños consideren oportunas (v.g. collares GPS y de entrenamiento)

Un dato importante es que, esta Ley está llena de restricciones en lo referente a la cría de perros, pero en lo que respecta a los perros de caza, los dueños pueden seguir criando sus propias camadas de cachorros especialmente seleccionados para la actividad cinegética.

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