Las fechas de esta media veda por comunidades autónomas, especies y cupos
Conocemos cuándo comienza y termina la temporada de ‘media veda’ en las diferentes comunidades autónomas, así como las especies permitidas para su caza y los cupos establecidos.
¡Por fin ha llegado la media veda! Sabemos la ilusión que hace esta época, especialmente a los aficionados a la caza menor. A continuación, te dejamos un recopilatorio de las fechas especies y cupos que han sido publicados en los respectivos Boletines Oficiales de cada comunidad autónoma.
Galicia
Se podrán cazar entre el 26 de agosto y el 17 de septiembre la codorniz, con un cupo de 10 piezas/cazador/día y la paloma torcaz, con un máximo de 5 ejemplares/cazador/ día en los tecores (cotos) de la antigua laguna de Antela y en aquellos que aparece en el anexo III de la Orden de Vedas. Consúltala aquí.
Asturias
Desde el 21 de agosto hasta el 8 de septiembre, exclusivamente en aquellos cotos que la soliciten, se podrán abatir zorro, paloma torcaz, gaviota patiamarilla, estornino pinto, urraca, corneja y codorniz. La paloma bravía se puede cazar a partir del 1 del septiembre.
Castilla y León
Desde la última ley de caza de Castilla y León del 4/2021 no se han publicado nuevas órdenes de veda. Para la temporada 2023/24 tampoco existe un documento oficial con las fechas, especies y cupos para la media veda. De no haber modificación alguna, según lo recogido en la Diputación de Medio Ambiente de Junta de Castilla y León, los martes, jueves, sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 15 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrá cazar la codorniz, la urraca, la corneja, el conejo y el zorro. A partir del 25 de agosto, se unirían a las anteriores especies, las palomas torcaz y bravía.
La codorniz sería la única especie que contaría con cupo explícito siendo el máximo de 25 ejemplares por cazador y día.
Cantabria
Del 20 de agosto al 10 de septiembre, ambos incluidos. Durante este periodo únicamente se permite la caza de codorniz, urraca, y corneja negra. A partir del 27 de agosto también se permite la caza de la paloma torcaz.
Según lo dispuesto en el artículo 12 de Boletín Oficial, el cupo máximo de ejemplares a abatir será de 15 piezas/cazador/día, consideradas todas las especies de aves cazables, con la excepción de la codorniz durante la media veda para la que se establece un máximo de 10 ejemplares/cazador/día.
País Vasco
Gipuzkoa
Desde el 1 de septiembre hasta el 11 de octubre, ambos inclusive, se autoriza la caza de la codorniz, la paloma torcaz, la zurita y la bravía. En las líneas de paso tradicional que se sorteen en este período se aplicará la Orden Foral de 16 de julio de 2013, por la que se regula la caza de aves migratorias en pasos tradicionales del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Álava
Entre el 15 de agosto y el 10 de septiembre, ambos inclusive, se podrán cazar la codorniz-con un cupo máximo de 15 ejemplares por persona y día de caza-, la corneja negra, el estornino pinto, la urraca, el conejo y el zorro conejo. En el caso de la paloma torcaz se empezará a cazar a partir del 24 de agosto.
Bizkaia
Durante el periodo comprendido entre el 20 de agosto al 17 septiembre, ambos incluidos, se podrá cazar la codorniz, la corneja negra y las palomas torcaz y bravía.
La Rioja
El periodo hábil de caza en media veda serán los martes, jueves, sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 15 de agosto y el 7 de septiembre ambos inclusive para la codorniz, la urraca, la corneja negra, el estornino pinto y el zorro.
La paloma torcaz por su parte se cazará entre el 20 de agosto y el 7 de septiembre y el conejo desde el 15 de agosto hasta el 24 de septiembre.
Únicamente se establece cupo para la codorniz: 20 ejemplares/cazador/día.
Navarra
Según lo dispuesto en el Boletín Oficial de Navarra (BON) La caza de la codorniz se permite los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local durante el periodo de tiempo comprendido entre el 15 de agosto y el 14 de septiembre. El cupo máximo de capturas es de 10 ejemplares por cazador y día. El zorro, en la modalidad “al salto” podrá abatirse en los mismos días y lugares que la codorniz en la media veda.
Se autoriza la caza de la paloma torcaz los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o loca desde el 21 de agosto hasta el 14 de septiembre.
El conejo únicamente podrán cazarlo en temporada estival, “aquellos cotos que tengan un IKA de conejo mayor de 3 en zonas concretas establecidas al efecto en los Planes de Ordenación Cinegética” desde el 15 de agosto hasta el 30 de septiembre los sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local. “Para ello, se presentará previamente al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, un muestreo realizado y firmado por un guarda de caza, los días concretos de caza y la contratación del guarda para los días en los que vaya a llevarse a cabo”.
Aragón
Se podrán cazar en periodo de Media Veda: la codorniz del 15 de agosto al tercer domingo de septiembre. Cupo máximo: 30 ejemplares/cazador/día.
La paloma torcaz y la urraca: desde el 21 de agosto a tercer domingo de septiembre.
El ánade real, se cazará del 15 de agosto al tercer domingo de septiembre, en los municipios del anexo IV Términos municipales donde se podrá en la Provincia de Huesca en San Miguel de Cinca y Lalueza y en la provincia de Zaragoza en Ejea de los Caballeros.
La paloma bravía y sus diferentes razas y variedades se podrán abatir entre el 1 de septiembre y el tercer domingo del mismo mes.
En el periodo de media veda únicamente se podrán establecer como días hábiles un
máximo de 17 días dentro del periodo hábil, a especificar por la persona titular del coto.
Cataluña
La caza en el periodo de media veda sólo se puede practicar en los terrenos cinegéticos de régimen especial que lo tengan aprobado en su PTGC.
En Cataluña los días hábiles para la caza de la codorniz, la paloma torcaz, la urraca, el estornino vulgar y el zorro son el 20 y 27 de agosto y el 3 y 10 de septiembre, a excepción de la demarcación de Lleida y las comarcas de La Cerdanya y El Solsonès en los que se caza jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 20 de agosto y el 10 de septiembre, ambos incluidos.
Para la paloma bravía, incluidas las variedades domésticas e híbridas, los días hábiles son el 3 y 10 de septiembre, exceptuando de nuevo la demarcación de Lleida y las comarcas de La Cerdanya y El Solsonès en las que se cazarán los jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 1 y el 10 de setiembre, ambos incluidos.
Madrid
En los cotos privados de caza, con superficie igual o superior a 250 hectáreas, podrán cazarse la codorniz, el estornino pinto, la urraca, la grajilla, la corneja, las palomas torcaz y bravía y el zorro los jueves, sábados, domingos y festivos desde el 20 de agosto al 17 de septiembre, ambos incluidos.
No podrá superarse el cupo total de 10 ejemplares de codorniz por cazador y día. Para el resto de las especies no existe limitación en el número de ejemplares.
Castilla-La Mancha
En la media veda castellanomanchega se incluye la paloma zurita junto con la paloma torcaz y se mantiene prohibida la caza de tórtola europea en la región a petición de la Comisión Europea (DG ENVI) en el último Grupo de Trabajo de Aves del Anexo II de la Directiva Aves en situación de Riesgo.
Se cazará la codorniz del 20 de agosto a 15 de septiembre (2) y del 27 de agosto a 15 de septiembre (3)
Días hábiles en media veda: jueves, sábados y domingos.
Cupo: 10 codornices/cazador/día en Albacete, Ciudad Real y Toledo y 20 codornices/cazador/día en Cuenca y Guadalajara.
(2) En todas las comarcas, excepto: (3) En municipios de las Comarcas Agrarias Serranía Alta de Cuenca y Alcarria Baja de Guadalajara incluidos en el Anexo III.
La urraca y las palomas torcaz y zurita podrán abatirse del 20 de agosto a 21 de septiembre. En los lugares de parada podrá cazarse desde puesto fijo con cimbeles naturales o artificiales, siempre que no vulneren la prohibición señalada por el apartado i) del artículo 26 de la Ley de Caza. Días hábiles en media veda: jueves, sábados y domingos.
Extremadura
En el periodo comprendido entre el del 15 de agosto al 8 septiembre se podrá cazar la codorniz, el estornino pinto, el ánade real, la grajilla y el zorro. A partir del día 20 se incorporan a esta lista la urraca y las palomas torcaz y bravía.
Se mantienen los cupos del boletín oficial del año anterior siendo para la codorniz de 10 ejemplares/cazador/día; para la paloma torcaz de 15 ejemplares/cazador/día y sin cupo para el estornino, el ánade, la grajilla, la urraca y la paloma bravía.
Codorniz: modalidad de cetrería de lunes a domingo y modalidad de salto sábados, domingos y festivos.
Estornino pinto: modalidad de cetrería de lunes a domingo y modalidad de puesto fijo sábados, domingos y festivos.
Ánade real: modalidad de cetrería de lunes a domingo.
Grajilla: modalidad de cetrería de lunes a domingo y modalidad de puesto fijo sábados, domingos y festivos.
Zorro: en puesto fijo sábados, domingos y festivos.
Urraca: modalidad de cetrería de lunes a domingo y modalidad de puesto fijo sábados, domingos y festivos.
Paloma torcaz y bravía: modalidad de cetrería de lunes a domingo y modalidad de puesto fijo sábados, domingos y festivos.
Comunidad Valenciana
Durante la media veda, en puesto fijo, se permite la caza de las palomas torcaz y bravía, del estornino pinto, la urraca y el zorro, los jueves, sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 20 de agosto y el 17 de septiembre.
Condiciones específicas: cada cazador podrá auxiliarse de hasta un máximo de dos perros para el cobro de las piezas.
Al salto o en mano podrá abatirse la codorniz con un cupo máximo de 8 ejemplares por cazador y día, los sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 13 de agosto hasta el 10 de septiembre.
Murcia
Se autoriza la caza durante el período hábil en la media veda, en los cotos
de caza autorizados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, según lo
siguiente: la codorniz, para intentar recuperar sus poblaciones, solo se podrá
cazar al salto-con un cupo de 2 ejemplares por cazador y día- el tercer y cuarto domingo de agosto. Las palomas torcaz y bravía, la urraca y la gaviota patiamarilla podrán cazarse estas especies en puestos o aguardos fijos, los jueves, sábados, domingos y festivos durante el periodo comprendido entre el 21 de agosto y el segundo domingo de septiembre, ambos inclusive.
Para la paloma torcaz se establece un cupo máximo de 10 ejemplares, no existiendo
restricciones para el resto de las especies autorizadas.
Andalucía
Según lo dispuesto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), La media veda para la codorniz, las palomas torcaz y bravía y los córvidos para este 2023 comienza el 24 de agosto y termina el 28 de septiembre, salvo en el caso de la zona costera de Cádiz dónde únicamente se cazará entre el 3 de septiembre y el 17 del mismo mes.
Los días hábiles serán por norma general jueves, sábados, domingos y festivos a excepción de la zona costera de Cádiz donde se podrá cazar todos los días y la provincia de Almería en la que los jueves se cambian por los viernes.
Islas Baleares
Mallorca
El periodo de media veda es el comprendido entre el 20 de agosto y la apertura de la caza menor general (12 octubre) y en ella se puede cazar la codorniz, la paloma torcaz, y el conejo. La liebre, únicamente con las modalidades de perros galgos y cetrería. El jueves, el domingo y los festivos de carácter nacional o autonómico, se puede cazar con arco, escopeta y/o cualquier raza de perros y/o hurón. El martes y el sábado, sólo se puede cazar con perros ibicencos y sus elementos auxiliares (hurón) o perros galgos. Con aves de cetrería y sus elementos auxiliares (perros y hurón) se puede cazar los lunes, miércoles, viernes, sábado y domingo.
Menorca
La codorniz, la liebre y el conejo se podrá cazar desde el 20 de agosto hasta la apertura de la caza menor general (30 de septiembre), los sábados, domingos y festivos con escopeta y perro y los jueves, sólo con perro. Paloma torcaz podrá abatirse a partir del 2 de septiembre.
Ibiza
Los días hábiles de la media veda abarcan desde el 20 de agosto al 1 de octubre los martes, jueves, sábados, domingos y festivos y las especies que se autorizan a abatir son la paloma torcaz con escopeta y/o perro desde puesto fijo, el conejo y la liebre, estas dos últimas sin arma.
Islas Canarias
El Hierro
La perdiz moruna (5 ejemplares/cazador/día), la paloma bravía (8), el conejo y la codorniz (ambas con cupo de 5 ejemplares/cazador/día) son las especies que se podrán cazar esta media veda.
Del 6 de agosto al 12 de noviembre, se cazará el conejo con perro y hurón; del 17 de septiembre al 12 de noviembre, la paloma bravía y la perdiz moruna con perro y escopeta; los días 6, 13, 20 y 27 de agosto y 3 de septiembre la codorniz con escopeta y los días 16, 23 y 30 de septiembre y 7 y 14 de octubre con aves de cetrería. El periodo de y la cetrería abarca en términos generales los miércoles y sábados comprendidos entre el 6 de agosto a 26 de noviembre.
Fuerteventura
La perdiz moruna (cupo 2 ejemplares/cazador/día), conejo (cupo 2 ejemplares/ cazador/día), ardilla moruna y paloma bravía (estas dos últimas con cupo de 6 ejemplares/ cuadrilla/día).
Se cazará sin arma los jueves y domingos del 2 de julio al 10 de agosto con dos perros de muestra y con cuatro perros los domingos del 13 de agosto al 10 de septiembre. La caza del conejo y ardilla moruna, con perros y hurón se autoriza para los domingos del 13 de agosto al 8 de octubre y la de la perdiz moruna, la paloma bravía y ardilla, con perro de muestra y escopeta o arco, los domingos del 17 de septiembre al 22 de octubre.
La Gomera
Mismas especies que en Fuerteventura a excepción de la ardilla moruna. La perdiz moruna se cazará sin arma del 13 de agosto al 14 de septiembre mientras que con armas los días: 17, 21, 24 y 28 de septiembre; el 1, 5, 8, 15, 22 y 29 de octubre y el 5 y 12 de noviembre.
El conejo por su parte se cazará con perro y hurón del 13 de agosto a 10 de septiembre; con perro pero sin arma del 17 de agosto al 14 de septiembre y con arma, los días 17 y 24 de septiembre y 1, 8 y 15 de octubre.
El cupo máximo será de cuatro perdices morunas y tres conejos por cazador y día.
Gran Canaria
Se podrá cazar conejo y perdiz roja con cupo 3 por cazador y día y cupo 9 por cuadrilla y día y la paloma bravía y animales asilvestrados sin límite de ejemplares.
La caza de conejo con perro y hurón, del 6 de agosto al 29 de octubre; la perdiz roja y paloma bravía con perro y escopeta, del 17 de septiembre al 29 de octubre (jueves y domingos); cetrería, 12 de agosto a 28 de octubre (miércoles y sábados); caza con arco, del 13 de agosto al 29 de octubre (jueves y domingos).
La Palma
Las especies que se podrán abatir son la perdiz moruna, el conejo, la paloma bravía y animales asilvestrados.
La caza del conejo con perro, con perro y hurón, con perro y escopeta, con perro, hurón y escopeta, del 6 de agosto al 3 de diciembre; paloma bravía con escopeta en puesto fijo, en mano, al salto y en cuadrilla, del 6 de agosto al 3 de diciembre; la perdiz moruna con perro y escopeta, del 17 de septiembre al 12 de noviembre (los jueves y domingos y el festivo 12 de octubre).
Lanzarote
Las especies cazables son las mismas que para La Palma a excepción de los animales asilvestrados.
El conejo con podenco y hurón o con aves de cetrería se cazará del 6 de agosto a 29 de octubre (jueves y domingos); la perdiz moruna y la paloma bravía con perro de muestra y escopeta o con aves de cetrería, del 17 de septiembre al 29 de octubre, los domingos además del jueves 19 de octubre.
En cuanto a los cupos: el máximo de conejos por cazador y día será de 4, mientras que por cuadrilla se sitúa en 10. Las perdices tienen de cupo 4 mientras que las bravías no tienen límite de ejemplares establecido.
Tenerife
Se podrán cazar el conejo, la perdiz moruna, la codorniz, la paloma bravía y animales asilvestrados.
El periodo establecido para abatir conejos con perro y hurón abarca desde el 6 de agosto hasta el 12 de noviembre y con perro y escopeta, desde el 17 de septiembre hasta el 12 de noviembre. La perdiz por su parte sólo con perro de muestra se cazará del 6 de agosto al 14 de septiembre y con perro y escopeta, del 17 de septiembre al 12 de noviembre. La codorniz, con perro y sin escopeta, del 6 de agosto al 12 de noviembre y paloma bravía y animales asilvestrados con perro de muestra y escopeta, del 17 de septiembre al 12 de noviembre. Los días hábiles son los jueves y domingos, aunque también se podrá cazar el martes festivo 15 de agosto.