Comunicado de la Fundación Artemisan sobre la suspensión de la caza en Castilla y León

Después de que los servicios jurídicos de la Fundación Artemisán hayan analizado de manera preliminar el alcance de la suspensión del Decreto que establece las especies cazables en Castilla y León, la Fundación Artemisan aclara cómo se debe reaccionar desde el sector y desde la Junta.


 Cazador
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El contenido de la nota de prensa es el siguiente:

En relación con la suspensión de la eficacia y vigencia del Decreto 10/2018, de 26 de abril, por el que se modifica el Decreto 32/2015, de 30 de abril, que regulaba la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre, en virtud de Auto nº 44, de 21 de febrero de 2019, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), tras un análisis preliminar por parte de sus Servicios Jurídicos sobre el alcance de dicha resolución, la Fundación Artemisan entiende oportuno realizar las siguientes consideraciones:

1.- Que se trata de un auto de suspensión de la eficacia y vigencia de un Decreto, sin que el TSJ de Castilla y León se haya pronunciado aún sobre el fondo del asunto; es decir, sobre si dicho Decreto es o no ajustado a Derecho.

2.- Que dicho auto no es firme, siendo susceptible de Recurso de Reposición en el plazo de cinco días.

3.- Que, en el caso de que dicho Recurso de Reposición fuera igualmente desestimado, contra dicho Auto también cabría Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, aunque el mismo no tendría efectos suspensivos, tal y como viene señalando reiteradamente nuestro Alto Tribunal.

4.- Que entendemos que, desde un punto de vista jurídico, lo más procedente por parte de la Junta de Castilla y León sería la elaboración y ulterior aprobación de un nuevo Decreto que subsanase los defectos apreciados en el referido auto de suspensión, incorporando los informes científicos, avalados por organismos públicos, Universidades, etc. que acrediten un estado favorable de las poblaciones de las especies cazables en Castilla y León, tal y como prevé la Directiva de Hábitats.

5.- Que la futura Orden Anual de Caza para la próxima temporada debería sustentarse en este nuevo Decreto que ha de elaborar y aprobar la Junta de Castilla y León con urgencia.

6.- Que la Orden de Vedas vigente en esta comunidad, concretamente la Orden FYM/728/2018, de 25 de junio, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza para la temporada cinegética 2018-19 en Castilla y León, se fundamenta en el anterior Decreto 32/2015, de 30 de abril, que regulaba la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre.

7.- Que, en relación con dicho Decreto 32/2015, de 30 de abril, ha de aclararse que la Sentencia del TSJ de Castilla y León (Valladolid) que declaró su nulidad no es firme, pues la misma ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo por la Junta de Castilla y León.

8.- Que, por lo tanto, es obvio que la actual Orden Anual de Caza 2018/2019 se encuentra plenamente vigente y sigue desplegando sus efectos jurídicos, por lo que se puede seguir desarrollando la actividad cinegética en los términos previstos en la misma.

9.- Que, ante tales acontecimientos, la Fundación Artemisan quiere hacer pública su intención de personarse de inmediato en dicho recurso como codemandada al objeto de defender los trascendentales intereses que están en juego, no solo para el sector cinegético, agrícola, ganadero y turístico, sino también para la conservación de las especies protegidas.

10.- Que, de este modo, los Servicios Jurídicos de la Fundación Artemisan, en coordinación con su equipo de científicos e investigadores, ya trabajan para que esta controversia, que sin duda supone una grave inseguridad jurídica para nuestro mundo rural, se solvente a la mayor brevedad posible.

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