Debemos desparasitar a los perros cada 8 semanas durante la temporada y cada 6 meses el resto del año

La Asociación de Rehalas Regionales (ARRECAL) y la Federación Extremeña de Caza han podido reducir las exigencias iniciales marcadas por la Junta de Extremadura en el Plan de Control de Hidatidosis, que finalmente obliga a desparasitar a los perros cada 8 semanas durante la temporada de caza y cada 6 meses el resto del año.


 Perros de rehala
Perros de rehala

El Plan de Control de Hidatidosis de la Junta de Extremadura afectará menos de lo esperado a los perros de caza, ya que la Dirección General de Salud Pública ha marcado su desparasitación cada 8 semanas en temporada de caza y cada 6 meses el resto del año

Se planteó una periodicidad más reducida

La normativa se publicó en el Diario Oficial de Extremadura con fecha 25 de septiembre de 2018. La Dirección General de Salud Pública de la Junta de Extremadura ha minimizado el impacto que hubiera tenido sobre el sector cinegético su Plan de Control de Hidatidosis tras diversas reuniones con asociaciones del sector, como Arrecal y la Federación Extremeña de Caza.

Por ejemplo, el pasado 15 de enero, Arrecal presentó unas alegaciones a la resolución la Dirección General de Salud Pública, por la que se establecían la forma y la periodicidad del tratamiento frente a ténidos de los perros de Extremadura.

Arrecal ha manifestado que la asociación «hizo hincapié en que una periodicidad tan reducida del tratamiento obligatorio podía plantear riesgos innecesarios a la salud general de los canes (principalmente en perras gestantes e individuos debilitados), junto a la posibilidad de generar resistencias del parásito (debido a la utilización demasiado frecuente y repetida de antihelmínticos de la misma clase durante un período de tiempo prolongado), además de implementar las gestiones burocráticas para la tenencia de los perros de actividades cinegéticas».

Documento de conciliación

En febrero ARRECAL mantuvo reuniones de trabajo con representantes del PSOE y de la Dirección General de Salud Pública de Extremadura, y posteriormente, ese mismo mes, se emitió un documento de conciliación y consenso para el desarrollo normativo que ahora se ha publicado. Así, finalmente la desparasitación de los perros de caza se ha fijado cada 8 semanas solo durante la temporada de caza (octubre a febrero) y el resto del año cada 6 meses.

A pesar de todo, la Asociación de Rehalas Regionales defiende la caza de rehala en libertad en toda la geografía nacional, y entiende que puede ser condicionada en Extremadura, al no clarificar esta norma la obligación de desparasitación de los perros provenientes de otras comunidades autónomas (más aún desde la publicación del Ministerio del documento aclaratorio de la vacunación antirrábica, en el que se debe cumplir la normativa sanitaria de residencia habitual de los perros).

Por otro lado, ARRECAL considera fundamental para la simplificación administrativa un convenio con las autoridades extremeñas de sanidad animal para modificar y ampliar los pasaportes de los canes para evitar duplicados de estos al cumplimentar con un calendario tan intenso el aparato de desparasitaciones frente a echinococcus.

La entidad destaca el trabajo realizado en esta materia por la delegada de ARRECAL en Extremadura, Yolanda Marcos, y del vicepresidente de la entidad, Pedro Pérez, que abnegada y desinteresadamente han trabajado por el bien de la rehala y la caza en Extremadura.

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