La Junta no autorizará la captura de aves fringílidas

El Gobierno regional publicó el pasado jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha una resolución por la que se que pone fin al régimen de autorizaciones de captura y retención de aves fringílidas, cediendo a Europa y sus Directrices técnicas para la adaptación de la extracción de fringílidos del medio natural a las disposiciones del artículo 9 de la Directiva Aves de 2009.


 Silvestrismo
Silvestrismo

No se podrá practicar el silvestrismo este año en Castilla-La Mancha. Así lo ha decidido la consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural tras las presiones llegadas de Europa, que han conseguido que la Junta no conceda autorizaciones a los aficionados al silvestrismo.

En la resolución, podemos leer que todo este proceso, que ha concluido en este punto, comenzó con unas Directrices técnicas para la adaptación de la extracción de fringílidos del medio natural al artículo 9 de la Directiva Aves 2009/147/CE. Fueron elaboradas por un grupo de trabajo del Comité de Flora y Fauna Silvestres de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, y aprobadas por ésta en su reunión del 13 de julio de 2011.

Directrices de Europa

El objetivo de las citadas directrices era exponer los criterios técnicos para el establecimiento del nivel máximo nacional de capturas y realizar unas recomendaciones técnicas para la aplicación y gestión de las autorizaciones excepcionales de captura en el medio natural de ejemplares de algunas especies de la familia Fringilidae, que debían otorgar las Comunidades Autónomas.

Desde ese año crítico, 2011, las direcciones provinciales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en las provincias de Ciudad Real y Guadalajara han venido concediendo autorizaciones de captura y retención de aves fringílidas sobre la base de las citadas recomendaciones.

Pero la Comisión Europea ha considerado que la aplicación de las Directrices técnicas suponía el incumplimiento por el Estado Español, las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía, de las obligaciones que impone relativas a la conservación de aves silvestres.

2016, aviso a la administración española

Por este motivo, el 30 de septiembre de 2016, la Comisión Europea dirigió Estado Español y las Comunidades Autónomas, la Carta de Emplazamiento relativa a la infracción nº 2016/4028, de fecha 30 de septiembre de 2016, que hace referencia al régimen de excepciones que permite la captura y tenencia de aves fringílidas. En un dictamen motivado, de fecha 17 de mayo de 2018, la Comisión Europea ha declarado que, en su criterio, las mencionadas directrices técnicas no cumplen las condiciones para la concesión de excepciones, instando al Reino de España a adoptar las medidas requeridas para ajustarse al mismo.

Esta carta ha dado sus frutos y la resolución concluye lo siguiente: «de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se aprueba de la siguiente instrucción: No conceder nuevas autorizaciones excepcionales destinadas a la captura y retención de aves fringílidas en Castilla-La Mancha, al amparo de las Directrices técnicas para la adaptación de la extracción de fringílidos del medio natural de 13 de julio de 2011».

El silvestrista sigue luchando

Las federaciones de caza y las asociaciones en defensa del silvestrismo llevan trabajando varios años para conseguir que se pueda continuar con la práctica de esta modalidad cinegética, amparándose en su «larga trayectoria y hondo arraigo cultural».

Por ejemplo, la Plataforma en Defensa del silvestrismo presentó un informe científico que revelaba las deficiencias técnicas, científicas y jurídicas del Dictamen de la Comisión Europea, que se basa a su vez en un informe del Comité Científico del Ministerio de Medio Ambiente para avalar la viabilidad de la cría en cautividad.

Este informe copia únicamente experiencias encontradas en Internet, incluyendo importantes incoherencias, como el hecho de que los métodos de captura del silvestrismo no se consideren selectivos pese a ser aprobados en las Directrices Técnicas del Ministerio en 2011, o que se ponga en duda que las capturas se autorizan bajo el criterio de«pequeñas cantidades»cuando éstas se encuentran muy por debajo del cómputo establecido legalmente, que sería de 749.108 pájaros al año, frente a los 43.733 autorizados para 2018.

Además de esto, no han tenido en cuenta los estudios de Fedenca y el Instituto Catalán de Ornitología, pese a ser los únicos científicos que existen en la materia.

La Plataforma ha criticado la postura de los técnicos del Ministerio que, frente a la amenaza de sanción por parte de la Comisión Europea, han obviado en sus argumentos a Europa los informes aportados por el colectivo silvestrista.

La última iniciativa tomada por la Plataforma ha sido denunciar ante el Defensor del Pueblo el abandono e indefensión al que el ministerio de Medio Ambiente, ahora denominado de Transición Ecológica, ha sometido al silvestrismo ante el expediente sancionador de la Comisión Europea, que ahora se ven obligados a acatar los Ejecutivos regionales.

Dejamos el texto íntegro de la resolución en este enlace.

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