El SEPRONA denuncia a unos cazadores por tenencia de cartuchos de plomo

El pasado jueves 27 de diciembre un grupo de cazadores portugueses acababa de finalizar su jornada de caza de paloma torcaz, en un coto situado entre las localidades de Alburquerque y Aliseda (Cáceres), cuando el servicio del SEPRONA les dio el alto en un camino, a unos cuatro kilómetros de la zona donde habían estado cazando, para pedirles la documentación correspondiente.


La infracción se daba por la tenencia de esos cartuchos de plomo dentro de una zona ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves) en la que podía haber zonas húmedas
El grupo, que estaba formado por ocho portugueses, se quedó un tanto sorprendido cuando los agentes del SEPRONA les preguntaron de qué material estaban hechos los cartuchos que llevaban en sus vehículos y con los que habían estado cazando. Los cazadores respondieron, casi con obviedad, que de plomo. En ese momento, los agentes les comunicaron que, según una nueva Ley que había salido en España (no especificaron que se referían a la de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad) estaba prohibido cazar con plomo y que solo se podía cazar con acero. Además, se les informó que la redacción de la Ley “prohíbe la tenencia y uso de plomo en las zonas húmedas protegidas de la Red Natura 2000 así como en los humedales Ramsar”. En este caso concreto, la infracción se daba por la tenencia de esos cartuchos de plomo dentro de una zona ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves) en la que podía haber zonas húmedas. Por esta razón, y en aplicación de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, fueron denunciados cinco cazadores portugueses. Tras ponernos en contacto con la Comandancia de la Guardia Civil, el SEPRONA, al igual que nos informó uno de los portugueses implicados, la denuncia no llegó a trámite ya que, y según los agentes “las patrullas informan sobre un hecho con posibilidades de ser infracción y es la autoridad competente la que estudia y se pronuncia sobre si es o no constitutivo de denuncia”. En este caso, y a los dos días de haber ocurrido este hecho, la misma patrulla, tras elevar la Comandancia una consulta a la Junta de Extremadura, informó a los cazadores portugueses que no se llevaría a trámite por considerar que no estaba claro lo que era una zona húmeda y si la sola tenencia (es decir, portar o tener en su poder cartuchos que contengan plomo aunque no se usen) era o no constitutiva de un delito.
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