Junta y Tribunal Superior analizan la responsabilidad en los accidentes de la fauna

La vicepresidenta primera y consejera de Medio Ambiente, María Jesús Ruiz, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, José Luis Concepción, han inaugurado la jornada de trabajo sobre la responsabilidad de los daños ocasionados en los accidentes de circulación con la implicación de especies de caza en el salón de actos del Museo Patio Herreriano de Valladolid.


El hecho de atribuir al titular del coto esta responsabilidad 'a priori' resultaba desproporcionado
En la jornada han participado como ponentes técnicos del Servicio de Caza y Pesca de la Consejería de Medio Ambiente, expertos jurídicos de la Oficina de la Caza y de la Real Federación Nacional de la Caza, así como un magistrado de la Audiencia Nacional, que han coincidido en la necesidad de analizar las competencias de cada una de las partes afectadas y, en definitiva, armonizar la actuación de éstas en la aplicación de la normativa. La extensión y mejora de las carreteras, alcanzando áreas anteriormente recónditas; el aumento del parque automovilístico, debido a la mejora del poder adquisitivo; y el incremento del tiempo de ocio son factores que han provocado un notable incremento de los accidentes de circulación en los que los animales silvestres se ven implicados. En el caso de los accidentes de circulación son las especies de superior tamaño y requerimientos ecológicos más amplios las mayoritariamente involucradas. En el conjunto de Castilla y León, entre enero de 1999 y diciembre de 2004, los accidentes provocados por especies de caza mayor superaron los 11.500. Algo más del 90% de estos siniestros fueron causados por jabalíes y por corzos (el 52% y el 40% respectivamente). En Castilla y León se producen al año más de 2.000 accidentes provocados por atropellos de especies cinegéticas. En Castilla y León, mediante la Ley 4/1996, de 12 de julio, De Caza de Castilla y León, se atribuía al titular del coto de caza de donde procedieran los animales la responsabilidad por estos accidentes, lo que provocó una situación insostenible para muchos de estos titulares, incluida la Junta de Castilla y León, que se ven obligados a hacer frente a una responsabilidad ajena. El hecho de atribuir al titular del coto esta responsabilidad "a priori" resultaba desproporcionado. Así, en ocasiones puede resultar culpable el propio conductor cuando incumple la legislación en materia de tráfico y no adopta las medidas de precaución necesarias cuando se le ha advertido previamente mediante señales del tránsito de animales salvajes y, en otras, el organismo titular de la carretera cuando ésta no esté debidamente señalizada. A este respecto, cabe destacar que en colaboración con la consejería de Fomento, la Consejería de Medio Ambiente procedió a la identificación y señalización de los tramos de concentración de accidentes con animales silvestres (TCAA) en la Red Regional de Carreteras de la Comunidad. Actualmente se encuentran definidas 122 tramos de concentración de accidentes con animales silvestres, que suman un total de 430,94 Km., el 3,77% de la longitud total de la Red Autonómica. El Pleno del Congreso de los Diputados incluyó el 28 de abril de 2005 una Disposición Adicional Novena en la ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, cuyo texto es el siguiente: "En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas será responsable el conductor del vehículo cuando se le pueda imputar incumplimiento de las normas de circulación. Los daños personales y patrimoniales en estos siniestros, sólo serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado. También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produce el accidente como consecuencia de su responsabilidad en el estado de conservación de la misma y en su señalización" En concordancia, para adecuarse a la nueva situación legislativa, mediante la Ley 13/2005, de 27de diciembre, de Medidas Financieras, se modificó el artículo 12.1 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, que establece que "la responsabilidad por los daños producidos por las piezas de caza en los terrenos cinegéticos, en los refugios de fauna y en las zonas de seguridad se determinará conforme a lo establecido en la legislación estatal que resulte de aplicación".
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