Aprobado el decreto por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en Aragón
El Gobierno de Aragón ha aprobado el decreto por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma. Este decreto, publicado recientemente en el BOA, regula las condiciones y procedimientos para la posesión de aves de presa, para su exhibición y para la puesta en marcha de programas de cría en cautividad, así como la práctica de la cetrería, entendida como aquella modalidad de caza que utiliza aves de presa adiestradas. El texto, elaborado por el Departamento de Medio A

El objetivo es regular la posesión de estas especies, la cría en cautividad, exhibición así como la cetrería como modalidad de caza
CRÍA EN CAUTIVIDAD
El Decreto regula además la cría en cautividad, empezando por el establecimiento de los fines que pueden justificar el desarrollo de esta actividad. En concreto, la cría en cautividad solo será autorizable para la obtención de aves destinadas a la práctica de la cetrería o a la exhibición de ejemplares de aves de presa, para la obtención de ejemplares destinados a reforzar poblaciones naturales en el marco de los planes de gestión de especies amenazadas, o para ejecutar proyectos de educación o de investigación aplicada vinculados a dichos planes de gestión. Por último, los fines que ampare la aplicación del convenio CITES, en el ámbito de sus competencias, también pueden motivar la autorización de programas de cría en cautividad. La autorización de la cría en cautividad de aves de presa requiere que ésta se realice en instalaciones que cuenten con la calificación de núcleo zoológico. De esta manera, se garantiza el seguimiento de los adecuados controles higiénico-sanitarios. En relación a este aspecto, y de acuerdo con la legislación vigente, la autorización de un núcleo zoológico requerirá contar con los permisos adecuados y cumplir con las condiciones específicas de la actividad, esto obliga a la persona interesada en la de cría en cautividad de aves de presa a disponer de los correspondientes permisos de tenencia de la aves parentales previamente a la solicitud de autorización de núcleo zoológico.COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN
Además, la norma incorpora en el procedimiento de autorización de núcleo zoológico para la cría en cautividad un nuevo trámite administrativo mediante el cual, a través del correspondiente informe preceptivo y vinculante, el Departamento de Medio Ambiente evaluará la idoneidad del proyecto de cría en cautividad –que deberá presentar el interesado- con el objeto de valorar las posibles afecciones indirectas y riesgos potenciales para las especies de fauna silvestre. Este informe garantiza que el ejercicio de actividades cinegéticas y el desarrollo de experiencias de cría en cautividad ha de ser compatible con la conservación de las especies de fauna silvestre, asegurando que estas actividades no supongan, en ningún caso, la introducción en el medio natural de especies, subespecies, variedades o formas no habitualmente presentes en la península ibérica, o la afección a la viabilidad y pervivencia de las especies presentes de forma natural en Aragón.