Emergencia cinegética: el conejo amenaza a 287 municipios de Castilla-La Mancha

Hoy ha sido publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha una resolución que declara como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte a 287 municipios de las cinco provincias de la región. Aquí puedes consultar si tu municipio está incluido y qué métodos de control se autorizan.


 Conejos
Conejos

Resolución de 26/03/2019, de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales, por la que se declara como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte, la definida por varios términos municipales de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.

El conejo está ocasionando mucho daño

Según explica la resolución, la proliferación del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus) en ciertas zonas de la comunidad autónoma ha motivado la declaración de comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte los últimos siete años, con el fin de dotar de herramientas suficientes a los titulares de los cotos, cazadores y agricultores para una mayor efectividad en el control de daños y perjuicios que viene ocasionando esta especie en la agricultura, sus infraestructuras, así como en otras infraestructuras de carácter viario.

En este sentido, la Ley de Caza de Castilla-La Mancha establece la posibilidad de declarar comarcas de emergencia cinegética temporal cuando en una zona exista una especie cinegética en circunstancias tales que resulte especialmente peligrosa para las personas o perjudicial para la agricultura, la ganadería, los montes o la propia caza, con el fin de determinar las épocas y medidas conducentes a eliminar el riesgo y reducir el tamaño de las poblaciones de la especie en cuestión.

La respuesta de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales de Castilla-La Mancha, dependiente de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, ante esta situación de graves daños a la agricultura, ha sido declarar como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte la definida por un total de 287 municipios de las cinco provincias castellano-manchegas.

Métodos de control y caza permitidos

La resolución detalla las actuaciones que se podrán llevar a cabo para efectuar el control de daños en terrenos cinegéticos o terrenos no cinegéticos sus titulares o personas autorizadas por ellos. Estas son las condiciones contempladas:

- Terrenos cinegéticos:

Las operaciones de control de daños se realizarán en el interior de los cultivos afectados en un área que ocupe una anchura no superior a 300 metros de estos o de 100 metros colindantes con las infraestructuras viarias y de cauces públicos dentro del coto de caza afectado. Siempre con la autorización del titular cinegético.

- Terrenos no cinegéticos:

Las operaciones de control de daños se realizarán en el interior de la zona de seguridad (vías de uso público, vías férreas y dominio público hidráulico) donde habiten los conejos. Siempre con la autorización expresa de la Administración propietaria del dominio público.

Métodos y periodos de control autorizados

Los métodos de captura que podrán aplicarse en la comarca de emergencia cinegética serán:

1.- En terrenos cinegéticos:

- Captura mediante hurón y capillo o redes, sin perro, hasta el 31 de marzo de 2020.

- Captura mediante hurón y escopeta, exclusivamente durante los siguientes periodos.

  • Desde la fecha de publicación al 30 de abril 2019, sin perro, en zonas de alta concentración de madrigueras.
  • Del 1 de junio al 15 de agosto de 2019. Autorizado el uso de perros a partir del 1 de agosto.
  • Durante el periodo hábil de caza del conejo, autorizándose el uso de perros.
  • Desde el 9 de febrero al 31 de marzo de 2020, sin perros.

- Captura con escopeta, del 1 de junio al 15 de agosto de 2019, autorizándose el uso de perros a partir del 1 de agosto.

- El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.

2- En terrenos no cinegéticos (zonas de seguridad viarias o dominio público hidráulico):

- Captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 31 de marzo de 2020. - El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.

Municipios afectados

La comarca de emergencia cinegética temporal comprende los siguientes términos municipales en los terrenos establecidos en los apartados segundo y tercero de esta Resolución.

Provincia de Albacete

Abengibre, Albacete, Alborea, Almansa, Alpera, Balazote, Barrax, Bonete, Casas de Juan Núñez, Casas de Lázaro, Casas-Ibañez, Caudete, Cenizate, Chinchilla de Monte-Aragón, Corral-Rubio, El Bonillo, Fuensanta, Fuente-Álamo, Fuentealbilla, Golosalvo, Higueruela, Hoya-Gonzalo, Jorquera, La Gineta, La Herrera, Lezuza, Madrigueras, Mahora, Minaya, Montalvos, Montealegre del Castillo, Motilleja, Munera, Navas de Jorquera, Ossa de Montiel, Peñas de San Pedro, Petrola, Pozo Cañada, Pozohondo, Pozo-Lorente, Pozuelo, Roda (la), San Pedro, Tarazona de la Mancha, Valdeganga, Villalgordo del Júcar, Villamalea, Villarrobledo, Villavaliente y Viveros.

Provincia de Ciudad Real

Alcazar de San Juan, Alhambra, Almagro, Arenales de San Gregorio, Argamasilla de Alba, Bolaños de Calatrava, Campo de Criptana, Carrión de Calatrava, Ciudad Real, Ciudad Real, Daimiel, Granátula de Calatrava, Herencia, La Solana, Llanos del Caudillo, Manzanares, Membrilla, Miguelturra, Pedro Muñoz, Poblete, Pozuelo de Calatrava, San Carlos del Valle, Socuellamos, Tomelloso, Torralba de Calatrava, Valdepeñas y Villarta de San Juan.

Provincia de Cuenca

Alarcón, Alconchel de La Estrella, Almendros, Almonacid del Marquesado, Atalaya del Cañavate, Barajas de Melo, Belinchon, Belmonte, Buenache de Alarcón, Cañada Juncosa, Campillo de Altobuey, Carrascosa De Haro, Casas de Benítez, Casas de Fernando Alonso, Casas de Guijarro, Casas de Haro, Casas de los Pinos, Casasimarro, Castillejo de Iniesta, Castillo de Garcimuñoz, El Acebron, El Cañavate, El Herrumblar, El Hito, El Pedernoso, El Peral, El Picazo, El Provencio, Fuente de Pedro Naharro, Fuentelespino de Haro, Gabaldón, Graja de Iniesta, Honrubia, Hontanaya, Hontecillas, Horcajo de Santiago, Huelves, Iniesta, La Alberca de Záncara, La Almarcha, Las Mesas, Las Pedroñeras, Ledaña, Leganiel, Los Hinojosos, Minglanilla, Monreal del Llano, Montalbanejo, Montalbo, Mota del Cuervo, Motilla del Palancar, Olmedilla de Alarcón, Osa de la Vega, Pinarejo, Pozoamargo, Pozorrubielos de la Mancha, Pozorrubio de Santiago, Puebla de Almenara, Quintanar del Rey, Rada de Haro, Saelices, San Clemente, Santa Maria de los Llanos, Santa Maria del Campo Rus, Sisante, Tarancón, Tébar, Torrubia del Campo, Torrubia del Castillo, Tresjuncos, Tribaldos, Ucles, Valhermoso de la Fuente, Valverde del Júcar, Vara de Rey, Villaescusa de Haro, Villagarcia del Llano, Villalgordo del Marquesado, Villalpardo, Villamayor de Santiago, Villanueva de la Jara, Villar de Cañas, Villar de la Encina, Villarejo de Fuentes, Villarrubio, Villarta y Zarza de Tajo.

Provincia de Guadalajara

Albares, Almoguera, Alovera, Azuqueca de Henares, Cabanillas del Campo, Chiloeches, Driebes, Fontanar, Guadalajara, Illana, Marchamalo, Mazuecos, Mohernando, Mondéjar, Pozo de Almoguera, Quer, Torrejón del Rey, Tórtola de Henares, Valdeaveruelo, Villanueva de la Torre, Yebra y Yunquera de Henares.

Provincia de Toledo

Ajofrín, Alameda de la Sagra, Albarreal del Tajo, Alcabón, Almonacid de Toledo, Añover de Tajo, Arcicollar, Barcience, Bargas, Borox, Burguillos de Toledo, Burujón, Cabañas de la Sagra, Cabañas de Yepes, Cabezamesada, Camarena, Camarenilla, Camuñas, Carmena, Casarrubios del Monte, Cedillo del Condado, Chozas de Canales, Chueca, Ciruelos, Cobeja, Cobisa, Consuegra, Corral de Almaguer, Dosbarrios, El Romeral, El Toboso, El Viso de San Juan, Escalonilla, Esquivias, Fuensalida, Gerindote, Huecas, Huerta de Valdecarabanos, Illescas, La Guardia, La Puebla de Almoradiel, La Puebla de Montalbán, La Villa de Don Fadrique, Las Ventas de Retamosa, Lominchar, Lillo, Madridejos, Magan, Maqueda, Mascaraque, Méntrida, Miguel Esteban, Mocejón, Mora, Nambroca, Noblejas, Novés, Numancia de la Sagra, Ocaña, Olías del Rey, Ontígola, Palomeque, Pantoja, Polán, Portillo de Toledo, Quero, Quintanar de la Orden, Quismondo, Recas, Rielves, Santa Cruz de la Zarza, Santa Olalla, Santo Domingo-Caudilla, Seseña, Tembleque, Toledo, Torre de Esteban Hambran, Torrijos, Turleque, Ugena, Valmojado, Villacañas, Villafranca de los Caballeros, Villaluenga de la Sagra, Villamiel de Toledo, Villaminaya, Villamuelas, Villanueva de Alcardete, Villanueva de Bogas, Villarrubia de Santiago, Villaseca de la Sagra, Villasequilla, Villatobas, Yeles, Yepes, Yuncler, Yunclillos y Yuncos.

Consulta la Resolución en este enlace.

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