Descarta que haya actuado como autoridad pública
Medio Ambiente defiende la legalidad de las funciones de Egmasa
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía defiende la legalidad de las funciones desempeñadas por la empresa pública de gestión medioambiental (Egmasa) y descarta que en el ejercicio de sus trabajos haya asumido potestades públicas o funciones que impliquen el ejercicio de autoridad pública, tarea reservada legalmente a los funcionarios.
25/03/2010 20:08:33 | CdC
La resolución judicial refleja que el sindicato no ha podido aportar pruebas, ni siquiera indicios, de que Egmasa haya actuado de forma contraria al Derecho y se haya extralimitado en las funciones que como sociedad mercantil le confiere la ley. La sentencia señala literalmente que "el sindicato recurrente no llega a concretar, ni menos aun a probar al menos de forma indiciaria, cuáles son esos riesgos de privatización de la Administración que preconiza, de manera que sus alegaciones no dejan de ser una simple invocación genérica al riesgo de fuga o huida del derecho administrativo”.
La decisión del Tribunal Supremo sólo alude a un vicio formal del procedimiento por no haber dado audiencia a CSI-CSIF en la tramitación del Decreto y reconociendo así la legitimación del sindicato para haber participado en el proceso. Según la Consejería, la sentencia no tiene efectos prácticos de relevancia ya que la nulidad de esta norma nos devuelve a la situación legal originaria, correspondiente al objeto social recogido por el Decreto 17/1989, según el cual corresponde a Egmasa, como sociedad mercantil instrumental, la realización de todos aquellos trabajos y actividades relacionados con la protección, conservación o mejora del medio ambiente, así como cualquier otra actividad que sea presupuesto, complemento, desarrollo o consecuencia de lo anterior.
Por tanto, el objeto social de la empresa pública sigue siendo la prestación de servicios esenciales en materia de medio ambiente como recoge el artículo 67 de la Ley 8/1997. Egmasa, en su condición de entidad instrumental de la Administración Andaluza, tiene legalmente como actividad esencial lar realización de encomiendas de gestión de actuaciones medioambientales para la Junta de Andalucía.
Ademas todo aquello que tiene que ver con la Ley de Protección de Datos se lo saltan a la torrera, yo me pregunto ¿porque siendo una "Sociedad Mercantil" maneja datos que son privados? como ejemplo valga decir que toda la documentación de cotos privados de caza son tramitados por personal de Egmasa donde hay DNI, escrituras, certificaciones, testamentos, etc
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