Un ayuntamiento, obligado a indemnizar a un conductor que chocó con un jabalí dentro de los terrenos del coto municipal
La Rioja

Un ayuntamiento, obligado a indemnizar a un conductor que chocó con un jabalí dentro de los terrenos del coto municipal

Se trata del Ayuntamiento de Ojastro, que debe hacer frente a la indemnización de 2.724,75 euros que cobrará Allianz Seguros, aseguradora del conductor que no pudo evitar el siniestro provocado por el jabalí.


Sucedió el 19 de diciembre de 2021, pero ahora se ha producido la resolución judicial. Aquel día, un jabalí invadió la calzada del kilómetro 16,1 de la carretera riojana LR-111, en un punto perteneciente al acotado municipal LO-10.092. Esto ha sido suficiente para que el juez considere que, debido a que un día antes del accidente se celebraron monterías en esos terrenos y precisamente para cazar esta especie, la responsabilidad recae en el gestor del coto.

Tras el accidente, el conductor afectado presentó una reclamación de daños y perjuicios contra el Ayuntamiento de Ojacastro por los daños causados en el vehículo de su asegurada, que le fue desestimada por silencio administrativo. Pero la parte demandante, que fue Allianz Seguros, reclamó una indemnización por el importe abonado debido a la póliza contratada por su cliente. La factura del taller más los intereses devengados lleva a la suma de 2.724,75 euros.

Una batida al jabalí el día anterior al accidente

Debido a esto, el juez se ha amparado en los cambios legislativos introducidos en los últimos años respecto a la Ley de Tráfico, que consideran que en accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, especificando "sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas".

Pero también establece unas excepciones, que es lo que ha motivado la sentencia del juez del juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Logroño. La ley incluye que “será responsable de los daños el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquel". Este último supuesto de las doce horas previas al accidente es lo que ha motivado la sentencia para el ayuntamiento.

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