Las mascotas que en pocos meses no te permitirán tener en casa
Ley de Bienestar Animal

Las mascotas que en pocos meses no te permitirán tener en casa

Desde periquitos a tortugas, la nueva norma, que entrará en vigor en cinco meses prohibirá tener determinados animales como mascotas en casa.


En España, uno de cada tres hogares convive con una mascota en casa. Es más, los animales domésticos son para muchos un miembro más de la familia: o al menos así lo asegura un 92% de los españoles, según la I Encuesta de Bienestar Animal en España de AniCura. La población de mascotas registradas a principios de este año alcanzaba los 15 millones frente a los 6,6 millones de niños menores de 5 años. Esto ya nos da una idea de la tradición que hay en nuestro país de poseer animales de compañía. Los más numerosos son los perros, gatos y pájaros aunque hay  incluso aquellos que se han atrevido a abrirle las puertas a otros menos tradicionales, como los cerdos vietnamitas o las arañas... Todo esto está a punto de cambiar

Restricciones

La recién aprobada Ley de Protección y Bienestar Animal, además de establecer determinadas obligaciones a los dueños, restringe los tipos de animales que podemos acoger en casa. Aunque la  legislación española ya contemplaba un listado de especies exóticas, consideradas invasoras, que no podían tenerse en el hogar ahora, para que el animal sea incluido en el listado de animales permitidos, tiene que pertenecer a una especie cuyas necesidades ecológicas, etológicas y fisiológicas sean fáciles de atender, que no supongan un riesgo para las personas por su agresividad, ya sea por su conducta, veneno o tamaño y que no existan indicios de que si el animal se escapa o se abandona pueda colonizar hábitats y causar daños.

Asimismo, la nueva ley ha puesto el foco en prevenir el maltrato, una tipología delictiva ambiental que parece haber ido en aumento en los últimos años. En 2021, se produjeron 957 delitos y 552 detenciones, según el balance anual de actuaciones del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil.

Dentro de cinco meses, estará prohibido utilizar animales en peleas o mantenerlos habitualmente en terrazas, sótanos o en el coche. Y quedará terminantemente prohibido dejar a un animal sin supervisión durante más de tres días, y en caso de los perros, no más de 24 horas.

Lógicamente también constituirá un delito la cría comercial de animales de compañía por entidades o individuos que no estén inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. Sin embargo, no incluye en su jurisdicción aquellos animales que se utilizan para la caza, el rescate o como parte de las actividades de los cuerpos de seguridad y los que se utilizan en espectáculos taurinos o de producción.

Listado positivo de especies

Uno de los aspectos más novedosos de la nueva norma es que incluirá un listado positivo de especies que pueden ser objeto de tenencia como animales de compañía. El texto incluye en primer lugar a perros, gatos, hurones, las aves de cetrería y los animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas.

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Los periquitos son una de las aves más numerosas como mascotas.

Animales que no podremos tener como mascotas

Quedarían excluidos del listado positivo de especies aquellos animales sobre los que existan dudas razonables acerca de la posibilidad de mantenerlos y también las especies exóticas invasoras recogidas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras. De esta manera, esta sería la lista de animales que no se pueden tener en casa: 

Aves: cotorras, agapornis, periquitos y especies de otros países.

Reptiles exóticos: serpientes, iguanas, lagartos, camaleones o gecos.

Roedores: conejos, cobayas, chinchillas, ratones y hámsteres.

Cerdos vietnamitas. Son especies que suelen acabar abandonándose lo que puede acarrear una superpoblación de los mismos.

Arañas. En este caso se excluyen por el peligro que conlleva el hecho de que son trasmisoras de enfermedades muy graves.

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Las tortugas como mascota en la nueva ley de protección animal.

Cuidado con las nuevas sanciones

Respecto a las condiciones de los animales, la nueva norma acompaña una modificación del Código Penal en materia de maltrato animal. Estas son las sanciones que se contemplan para los animales "domésticos, amansados o domesticados":

Lesiones al animal: Pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses e inhabilitación especial de uno a tres años para vivir o trabajar con animales.

Muerte del animal: Pena de prisión de doce a veinticuatro meses, además de la pena de inhabilitación especial de dos a cuatro años para vivir o trabajar con animales.

Abandono, si se deja al animal en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad: Pena de multa de uno a seis meses o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. También se incluirá la inhabilitación especial de uno a tres años para vivir o trabajar con animales.

Aquellas personas que decidan tener mascotas deberán atender sus necesidades de alojamiento, cuidados y atención, teniendo en cuenta las necesidades ecológicas, etológicas y fisiológicas de los animales, conforme a su especie y raza. Los animales que se tengan deberán ser fáciles de atender y que no existan indicios de que si el animal se escapa o es abandonado, pueda colonizar hábitats y causar daños.

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