La protección animal en España es muy alta
Acaba de publicar el libro ‘Los delitos de maltrato animal en España: una visión práctica’, un manual que explica de una forma sencilla «qué es y qué no es delito» y recopila sentencias de audiencias y juzgados de toda España relacionadas con el maltrato animal.
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Nuestro colaborador Santiago Ballesteros ha concedido una entrevista a La Tribuna de Ciudad Real en la que habla de su último libro, el quinto manual que publica, el cuarto sobre un tema jurídico. Los delitos de maltrato animal en España: una visión práctica es una obra tan necesaria como clarificadora acerca de una temática que muchos utilizan como punta de lanza sin conocer su alcance legal ni normativo. Pero para eso tenemos a profesionales como Santiago ballesteros, abogado especialista, para ofrecernos esa «visión práctica» que tanto necesitábamos.
Os dejamos con esta interesante entrevista:
—¿Qué le ha llevado a escribir un manual sobre los delitos de maltrato animal?
—El Derecho Penal es una de las ramas que habitualmente ejerzo y que más me gustan. A ello se une mi pasión por enseñar y aprender; todos los años tengo el privilegio dar algunas clases en la universidad, y ello me lleva a preguntarme muchas cosas. Los delitos de maltrato de animal han irrumpido con fuerza en los últimos años, pero siguen siendo muy desconocidos, incluso para quienes pueden verse afectados.
De hecho, ese desconocimiento se traduce en inseguridad jurídica. Luego está la necesidad de poner cordura en el tema desde el punto de vista de los que no somos animalistas y creemos que los animales pueden seguir siendo de gran ayuda y compañía.
Existe un gran problema con el animalismo radical. Lo acabamos de ver con las chicas del vídeo que acusaban a los gallos de violar a las gallinas. Para gente que como yo venimos de un pueblo, el tema produce hilaridad y al mismo tiempo estupor.
—¿A quién va dirigido su manual?
—Especialmente a quiénes están relacionados con animales, los usan para trabajar o para disfrutar con ellos. Los colectivos más afectados y que más dudas han tenido han sido por ejemplo los veterinarios, los rehaleros, los dueños de perros en general, las fuerzas y cuerpos de seguridad… y por qué no decirlo, los propios jueces.
—¿Desde cuándo existe un Derecho de protección animal en España?
—En el plano penal, el gran desarrollo del delito de maltrato animal se produce con la reforma del Código Penal de 2015 que amplió muchísimo los casos en los que se puede cometer un delito de este estilo. Luego están las leyes administrativas, a multiplicar como en casi todo por diecisiete, que a veces son contradictorias entre sí. Un puro disparate.
—¿Qué se considera delito?
—Básicamente lesionar a un animal gravemente sin justificación. O matarle también sin justificación. La cosa tiene más matices, pero básicamente es eso. También abandonarlo en condiciones de que pueda peligrar su vida o integridad.
—¿Cómo ha sido la evolución en el Código Penal sobre la protección de los animales domésticos?
—Hemos pasado gradualmente de la nada a un estatus de protección muy alto. Para que se hagan una idea, hace poco fue juzgado un hombre en Jaén porque en una exhibición de perros, éstos capturaron dos conejos y les dieron muerte. A veces nos olvidamos de que el Código Penal debe estar reservado para las conductas realmente graves, y no para chorradas como esta.
—¿Hay alguna reforma en marcha?
—Sí de normas autonómicas como en Castilla-La Mancha. Existe un anteproyecto de Ley. Y es deseable que lo que salga sea realista y no ponga en un brete a los dueños de animales con prohibiciones y obligaciones absurdas. La Federación de Caza hizo muchas alegaciones al respecto, por ejemplo.
—¿Cree que sería necesario incluir algún cambio?
—Reformar el Código Penal es siempre delicado. Podemos pidió en 2018 ampliar los casos de maltrato animal casi hasta lo ridículo en una propuesta de Ley que fue rechazada. Yo creo que cualquier modificación debe hacerse con sentido común. No creo que haya que tocar por el momento una coma.
—¿Cómo se castigan los delitos de maltrato y abandono?
—Se aplican penas de prisión de hasta 18 meses que no es una niñería. Además, hay una pena adicional de inhabilitación especial de hasta cuatro años para el ejercicio de profesiones, oficios o comercios que tengan que ver con animales.
—Castilla-La Mancha es una región con tradición en la práctica cinegética, por regla general ¿se cuida a los animales o, por contra, se los maltrata?
—Yo sólo puedo decir de los cazadores que conozco (y son muchos) que cuidan y miman a sus perros, a veces como a uno más de la familia. En colectivos tan grandes es inevitable que exista un garbanzo negro, la excepción que confirma la regla.
—¿Conoce algún caso especialmente sangrante del maltrato animal?
—Sí claro, como usted. Individuos que queman animales o hacen todo tipo de barrabasadas con ellos. Son prácticas aberrantes e intolerables que hay que perseguir y erradicar. Está claro.