Castilla y León
Castilla y León sí autoriza la caza de la tórtola
Los periodos hábiles oficiales de caza para la próxima temporada que ha publicado la Junta de Castilla y León, que incluye las especies cazables, incluye la tórtola europea entre ellas.
La Junta de Castilla y León se baja del tren que ha imperado en el resto de autonomías y sí autoriza la caza de la tórtola la próxima temporada. Hoy han sido publicados los periodos hábiles de caza, y en el apartado relativo a la media veda encontramos lo siguiente:
Media veda:
- ?Desde el 15 de agosto de 2021 hasta el tercer domingo de septiembre (19 de septiembre de 2021) se podrán cazar las siguientes especies: codorniz, urraca, corneja, conejo y zorro.
- Desde el 25 de agosto de 2021 hasta el tercer domingo de septiembre (19 de septiembre de 2021) se podrán cazar, además, las siguientes especies: tórtola común, paloma torcaz y paloma bravía.
Además de esta inclusión, el texto normativo especifica que el cupo de tórtola común será de 4 ejemplares por cazador y día.
Caza menor
- Temporada general: desde el cuarto domingo de octubre (24 octubre de 2021) hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente (23 de enero de 2022).
- Liebre con galgo: desde el día 12 de octubre de 2021 hasta el hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente (23 de enero de 2022).
- Zorro: Además de en la temporada general y en media veda, se podrá cazar el zorro durante el ejercicio de la caza de cualquiera de las especies de caza mayor.
- Caza de palomas y zorzales en migración en pasos: desde el 1 de octubre de 2021 hasta el segundo domingo de febrero del año siguiente (13 de febrero de 2022).
Caza mayor
- Ciervo y gamo:
- ?Desde el primer domingo de septiembre (5 de septiembre de 2021) hasta el cuarto sábado de septiembre (25 de septiembre de 2021) únicamente a rececho y aguardo/espera.
- Desde el cuarto domingo de septiembre (26 de septiembre de 2021) hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente (27 de febrero de 2022), en todas sus modalidades.
- Muflón: durante todo el año únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre (26 de septiembre de 2021) hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente (27 de febrero de 2022), en todas sus modalidades.
- Corzo:
- ?Para ambos sexos: desde el 1 de abril de 2021 hasta el primer domingo de agosto (1 de agosto de 2021), y desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el segundo domingo de octubre (10 de octubre de 2021).
- Sólo hembras: desde el 1 de enero de 2022 hasta el hasta el cuarto domingo de febrero (27 de febrero de 2022).
- Rebeco: desde el 1 de mayo de 2021 hasta el 15 de julio de 2021 y desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el 15 de noviembre de 2021.
- Cabra montés: desde el 1 de marzo de 2021 hasta el 30 de junio de 2021, y desde el 15 de septiembre de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021.
- Lobo: desde el cuarto domingo de septiembre (26 de septiembre de 2021) hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente (27 de febrero de 2022).
- Jabalí:
- ?Desde el cuarto domingo de septiembre (26 de septiembre de 2021) hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente (27 de febrero de 2022), en todas las modalidades.
- Además, en el periodo hábil para la caza del corzo, se podrá cazar el jabalí durante el ejercicio de la caza de aquella especie.
Días hábiles
- CAZA MENOR
- Temporada general: Jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico, excepto para la caza de palomas y zorzales en migración en pasos en el no hay limitación de días hábiles.
- Media veda: Martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico.
- CAZA MAYOR
Los estipulados en la aprobación de los correspondientes Planes Cinegéticos.
Novedades relevantes
- NOVEDADES EN CAZA MENOR.
- Conejo: se incluye como especie cazable en la Media Veda.
- Becada: su caza se podrá practicar exclusivamente en las modalidades de al salto, o a rabo, y en mano. Se establece un cupo de 3 ejemplares por cazador y día.
- Codorniz: se establece un cupo de 25 ejemplares por cazador y día.
- Tórtola común: se establece un cupo de 4 ejemplares por cazador y día.
- Avefría y agachadizas: se establece un cupo de 4 ejemplares por cazador y día para el avefría y de 3 para ambas agachadizas (computadas de forma conjunta)?.
- NOVEDADES CAZA MAYOR.
Monterías y ganchos/batidas: estarán sometidas al régimen de comunicación previa.
Aplicación del Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor: el titular del coto, o el arrendatario en su caso, deberá comunicar al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería correspondiente aquellas monterías y ganchos/batidas en las que el número de puestos sea superior a 40 o aquellas en las que se prevea abatir más de 20 piezas de caza mayor.