Un pastor la emprende a palos con un motorista por invadir un espacio protegido
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Un pastor la emprende a palos con un motorista por invadir un espacio protegido

El encontronazo queda inmortalizado por la cámara que porta en el casco el deportista. Tras unos tensos segundos el motorista se dirige hacia la moto para marcharse del lugar.


Situaciones como estas son consecuencia de la falta de respeto de las leyes de algunos practicantes de esta modalidad deportiva. Estas prácticas incívicas, en ocasiones ponen al límite la paciencia de ganaderos, agricultores y propietarios de fincas rurales. A pesar de que el motorista está circulando por una zona no habilitada para tal fin, nada justifica la violenta reacción del pastor.

 

El motorista incumpliría la ley de montes y la ley de flora y fauna silvestre

El vídeo ha sido grabado en una zona montañosa de Francia. En el caso de que algo similar sucediera en nuestro país, quedaría penado por la legislación vigente. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en su artículo 67, considera como infracción "el tránsito o la permanencia en caminos o zonas forestales donde exista prohibición expresa en tal sentido, o incumpliendo las condiciones que al respecto se establezcan, así como la circulación con vehículos a motor atravesando terrenos fuera de carreteras, caminos, pistas o cualquier infraestructura utilizable a tal fin, excepto cuando haya sido expresamente autorizada".

A pesar de la existencia de esta normativa estatal, son las comunidades autónomas las que ostentan la potestad de definir las condiciones en que se permite la circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras y a través de terrenos forestales, fuera de los viales existentes para tal fin. No respetar esta prohibición será considerado como falta leve.

Serán faltas de esta categoría las infracciones que no causen daños al monte o cuyo coste de reposición sea inferior a 10.000 euros o la reparación no sea superior a seis meses. En función de las circunstancias el importe de las multas que recaigan sobre los infractores, serán de entre 100 y 1.000€. El motorista también estaría incumpliendo la Ley de Flora y Fauna Silvestre al estar molestando a la fauna en época de cría.

 


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