No se perderán 8.000 empleos de guardas autonómicos de caza en Andalucía
Andalucía

No se perderán 8.000 empleos de guardas autonómicos de caza en Andalucía

La Federación Nacional de Guardas Rurales y la unión de Sindicatos y Asociaciones están de enhorabuena, ya que la regulación de la figura de Seguridad Privada del ‘Guarda de Caza’ en Andalucía, al igual que en otras CCAA, se regulariza y se ‘sustituye’, como se lleva reivindicando desde hace años.


Principalmente, por dos motivos, en primer lugar, no dañar a otros colectivos, por el tema de competencias en Seguridad Privada, que es exclusivamente potestad del Ministerio del Interior (Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada). Por eso se deja un tiempo determinado para la regularización de su habilitación o hasta su jubilación. Es completamente falso que se pierdan 8.000 empleos de Guardas Autonómicos, máxime por que no existe en Andalucía esa cifra trabajando.

Sorprenderían los datos de dados de alta en la Seguridad Social, ya que la caza va en detrimento, no hay regeneración, por lo cual en muchos casos se han prescindido de estos servicios o simplemente las sociedades de cazadores no cuentan con poder adquisitivo para contratar Guardas de Caza. De ahí que por parte de la Federación Nacional de Guardas Rurales FENAGUAR y Sindicatos se hayan pedido ayudas económicas como en diferentes CCAA. Un ejemplo lo representa la Comunidad Foral de Navarra. Y el gobierno del presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, se ha comprometido también a darlas. Una reivindicación que nace de cooperativas Agrícolas y Ganaderas, Ayuntamientos Rurales, entidades como ASAJA, UPA y COAG…

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Estas ayudas contribuirán a la presencia estable en los términos municipales o acotados de tareas relacionadas con la vigilancia de propiedades Agrícolas y Ganaderas, extinción/prevención de incendios forestales, seguimiento, gestión y mantenimiento de los recursos cinegéticos, y la falta de competencias de los Guardas Autonómicos hace inviable esto, ya que sólo y exclusivamente pueden "vigilar" cotos de Caza.

Por otro lado, se fortalecerá al Guarda Rural de Caza en el ejercicio de sus funciones de policía, vigilancia, denuncia y control de gestión de población, entre otras atribuciones legales, erradicar la precariedad laboral, intrusismo laboral, competencia desleal y falta de formación y requisitos…

La figura del Guarda Rural data del 1849 y la ley deja claro que “únicamente puede ejercer funciones de seguridad privada el personal de seguridad privada, que estará integrado por los vigilantes de seguridad y su especialidad de vigilantes de explosivos, los escoltas privados, los guardas rurales y sus especialidades de guardas de caza y guardapesca marítimos, los jefes de seguridad, los directores de seguridad y los detectives privados.

Artículo 34. Guardas rurales y sus especialidades.

  1. Los guardas rurales ejercerán funciones de vigilancia y protección de personas y bienes en fincas rústicas, así como en las instalaciones agrícolas, industriales o comerciales que se encuentren en ellas.

Se atendrán al régimen general establecido para los vigilantes de seguridad, con la especificidad de que no podrán desempeñar las funciones contempladas en el artículo 32.1.e).

  1. A los guardas de caza corresponde desempeñar las funciones previstas en el apartado anterior para los guardas rurales y, además, las de vigilancia y protección en las fincas de caza en cuanto a los distintos aspectos del régimen cinegético y espacios de pesca fluvial.
  2. Corresponde a los guardapescas marítimos desempeñar las funciones previstas en el apartado 1 para los guardas rurales y, además, las de vigilancia y protección de los establecimientos de acuicultura y zonas marítimas con fines pesqueros.
  3. Los guardas de caza y los guardapescas marítimos podrán proceder a la retirada u ocupación de las piezas cobradas y los medios de caza y pesca, incluidas armas, cuando aquéllos hubieran sido utilizados para cometer una infracción, procediendo a su entrega inmediata a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes.

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Esta es la comunicación oficial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de Andalucía

“La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul ha asegurado que los guardas de coto de caza seguirán ejerciendo su actividad ante la creación de la figura del guarda jurado de caza, contando con un plazo de diez años, hasta el 31 de diciembre de 2033, para acreditarse en este nuevo puesto.

Ante las críticas vertidas por la Federación Andaluza de Caza, que advierte que el Ejecutivo andaluz "podría dejar sin trabajo a 8.000 guardas de coto", desde la Junta han asegurado que esta figura, creada por el Ejecutivo autonómico en 2003, seguirá ejecutando sus funciones.

Al puesto de guarda jurado de caza, que nace del último Decreto de Simplificación de la Junta de Andalucía, puede acceder cualquier ciudadano que acredite estar habilitado como guarda rural, con especialidad caza y que sea habilitado por la Consejería competente en esta materia.

Asimismo, y según el artículo 98 del Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, se le atribuye las funciones de policía, vigilancia, denuncia y control de gestión de población, entre otras. En cuanto al ejercicio de las funciones del guarda de coto de caza, se regirá por la normativa vigente con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto de Simplificación.

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