Los medios no pueden ser tan malos: detienen a una persona con una carabina y titulan que «iba de caza por las calles»

El sensacionalismo le está haciendo mucho daño a la caza. Un medio de comunicación como Cope cae en el amarillismo al titular «Detenido por ir de caza por las calles Las Moreras» cuando los hechos relatan a un supuesto delincuente paseando una carabina de aire comprimido por las calles de una barriada.


 Carabina
Carabina

Lo ha publicado cope.es en sección de Badajoz y ya ha comenzado el efecto eco en otros medios de comunicación, donde están reproduciendo de manera exacta el contenido, como ha hecho Extremadura 7 días. Y no solo han atribuido la acción de ir por la calle con una carabina a cazar, es decir, practicar una actividad legal bajo una estricta normativa que faculta a una persona para ser cazador. También inciden es esto en el cuerpo de la noticia.

Las palabras exactas son: «Sobre las 20:30 horas de ayer lunes, en la Central de comunicaciones de Policía Local se recibió una llamada alertado que en la calle Francisco Pedraja Muñoz de la Barriada de las Moreras había un individuo cazando con una escopeta».

Esto no debe llamarse «caza»

El redactor de esta noticia debería haber consultado la normativa vigente que afecta a las carabinas de aire comprimido o escopetas de perdigones, como se las llama de manera coloquial, con las que sólo se permite el tiro de precisión en diana en los espacios habilitados al efecto para tirar con carabina, en las galerías de tiro, o en recintos privados acotados, seguros y apartados del público.

Para poder portar y usar las armas de las armas accionadas por aire u otro gas comprimido, de la categoría 4ª, fuera del domicilio es necesario obtener la oportuna tarjeta de armas, las cuales deben acompañar siempre a las armas.

Las tarjetas de armas serán concedidas por los Alcaldes de los municipios de residencia de los solicitantes, para ello deben valorar la conducta y antecedentes de los mismos.

No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.

La tarjeta de armas se expedirá en impreso que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil. Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

Un dato que hay que saber para no cometer estos graves errores

Por supuesto, la ley prohíbe el tiro con estas armas a nada o sobre nada que no sea un blanco tipo diana: lo que implica que no se puede cazar, disparar a pájaros ni a cualquier otro tipo de animales.

Tampoco está permitido lo que ha hecho el individuo detenido ayer en la Barriada de las Moreras, es decir, r con la carabina por la calle, bajo sanción de las previstas en el Reglamento de armas. 

La normativa también detalla que «durante el trayecto desde nuestro domicilio hasta el lugar donde las emplearemos para la práctica deportiva, las armas deberán estar desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, y acompañadas de su documentación».

La delincuencia no puede llamarse caza

Por todo esto y lo relativo al caso de Badajoz, no debe encuadrarse nunca dentro de acción de caza, sino al de un individuo ilegalmente armado por las calles de la barriada. Además, la noticia detalla que el aviso fue recibido a las 20:30 horas, es decir, de noche.

Otro detalle revela que la persona que paseaba la carabina por suelo urbano, un varón de 30 años de edad, «cogió la escopeta por la zona del cañón con la intención de golpear con la culata del arma a los policías, momentos en el que se originó un forcejeo entre el mencionado varón y los policiales».

Una vez reducido, fue detenido y trasladado a la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, lugar donde se instruyeron diligencias, y donde quedó detenido.

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