Sobre la modificación del Código Penal recomendada por el Defensor del Pueblo (ya propuesta por Podemos)

Publica Club de Caza que el Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha recomendado incluir a los animales salvajes en los delitos de maltrato animal. Obvia decir que actualmente están expresamente excluidos de su ámbito de aplicación.


Desde la Oficina Nacional de la Caza, ya se respondió de forma contundente a este tema a través de un informe jurídico en el que poníamos al desnudo la imposibilidad de la propuesta. También en Delitos de maltrato animal en España: una visión práctica, libro publicado en 2020, analizábamos esta propuesta.

El Sr. Fernández Marugán, ha sido diputado por PSOE en ocho legislaturas, y ocupa el puesto de forma interina a falta de acuerdo entre los grupos políticos para la designación de un Defensor del Pueblo por consenso. Es el mismo que recurrió ante el Tribunal Constitucional la Ley de Caza de Castilla y León. No me cabe duda que la inclusión de una Dirección General de Derechos de los Animales en el Gobierno a cargo de un animalista recalcitrante no está lejos de estas declaraciones. Que cada uno saque sus conclusiones.

La cosa no es nueva. En el mes de enero de 2018 nos desayunábamos con la propuesta de modificación del delito de maltrato animal presentada en el Parlamento por el grupo Podemos. Al río revuelto de un idiota en Youtube aporreando en un canal de riego a un jabalí inerme se precipitaron las huestes animalistas para presentar una propuesta que pretende calificar como delito cualquier conducta que suponga la muerte no justificada de un «animal vertebrado». Es decir que «maltratar» o matar una rata, ratón o incluso rata de la Albufera significaría la posibilidad de ser procesado y condenado con pena de prisión. Seguramente esto no lo habían pensado.

Como he dicho, desde la Oficina Nacional de la Caza y otras entidades afines la respuesta no se hizo esperar. Y se hizo desde el terreno estrictamente jurídico a través de un Memorando que venía a desmontar la bondad y el buenismo de esa propuesta franciscana que pretende dar el estatus de víctima a cualquier bicho viviente que pise la capa de la tierra y tenga la condición de vertebrado. Eso incluye al pollo de corral o a su hembra.

Tamaño disparate jurídico solo puede plantearse desde del fundamentalismo animalista o el analfabetismo funcional que algunos de nuestros representantes en el Parlamento hacen gala. Bajo las buenas intenciones de esta propuesta, hierve soterrada la idea de acabar con la caza. Me lo confirman las micro manifestaciones que en algunas capitales de provincia, coreaban algunas de las eslogas de la propuesta: desde la modificación de nuestro Código Penal a la abolición de la caza y su consideración como maltrato. Estos defensores de los aristogatos o de los mosqueperros, olvidan sin embargo muchas cosas. Entre ellas que los animales salvajes gozan ya de protección en el ordenamiento español, incluso dentro del Código Penal; que hay innumerables leyes de conservación de la naturaleza y de caza que les protegen y les tutelan; que el Derecho Penal se rige por el principio de intervención mínima y que está reservado para las conductas más graves; que con la ampliación del tipo penal del delito de maltrato animal que se pretende la seguridad jurídica para millones de personas que trabajan con animales o que simplemente cazan, quedaría dinamitada; que al ampliar el tipo penal a cualquier «animal vertebrado» el número de procedimientos penales que se abrirían —en aplicación de la ley— se multiplicaría, entorpeciendo y socavando las labores de agentes, guardias civiles, fiscales y jueces. Leo con estupor esta mañana que el PACMA se queja por el espetado de las sardinas … Supongo que les repugnará el arroz con bogavante, las gambas a la plancha, los caracoles o el pescaito. Pues nada, a prohíbirlo también y que los sesenta millones de turistas que venían a España coman pasta, lechuga y gachas.

La ONC también ha venido solicitando y ha elaborado una propuesta de modificación del Código Penal, sólo que en este caso lo que se pide es la ampliación de los supuestos a perseguir como delitos de odio. Así se le ha trasladado ya a la Fiscalia General del Estado. Hay numerosos ejemplos de maltrato a personas por su condición de taurino o cazador con origen en el animalismo: injurias, calumnias, coacciones, vejaciones… a cuenta de los animales. Curiosa doble moral: proteger al gorrino y agredir al vecino. Cada uno que saque sus propias conclusiones.

Razones jurídicas-técnicas contra la intención de Podemos

Contra la intención de Podemos de incluir a los animales salvajes dentro de la protección por maltrato animal, la ONC realizó una defensa intachable de estas intenciones animalistas.

Consulta el Memorando: razones jurídicas-técnicas que chocan con la propuesta de extensión a los animales salvajes del tipo penal del art. 337 del código penal.

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