ADECANA solicita que se adelante la caza del conejo
Año tras año, las sociedades de cazadores de la zona media de Navarra (eje Estella-Tafalla-Sangüesa), están comprobando que, llegado el 1 de noviembre, una gran parte de las poblaciones de los conejos de estos cotos de caza han muerto en un alto porcentaje debido a la mixomatosis y la neumonía hemorrágica vírica.
Comenzado el periodo hábil de caza de conejo, los perros de los cazadores siguen capturando conejos muertos o en fase terminal por culpa de ambas epidemias. En años con veranos extremadamente secos, los efectos de las dos epidemias sobre las poblaciones de conejo son muy impactantes y mortales una vez que comienzan las lluvias en los meses de septiembre y octubre. El conejo aguanta perfectamente la sequía estival, pero principalmente se infecta y muere de mixomatosis y hemorragia vírica cuando llegan estos dos meses. En la mayoría de los cotos de la zona media oriental y occidental, no se autoriza la caza estival de conejo como ocurre en otros cotos de la ribera navarra debido a daños en agricultura por superpoblación de conejos. El problema que persiste en los cotos de caza de la zona media de Navarra es el bajo índice IKA (indice Kilometrico de abundancia) que se provoca por estas enfermedades. Por este motivo, el Departamento de Medioambiente, desautoriza su caza antes del 1 de noviembre. Para evitar que el conejo siga muriendo año tras año en estos meses de septiembre y octubre, el Departamento de Medioambiente debe autorizar su caza encaminada a un correcto aprovechamiento cinegético de la especie. Por todo ello, por indicación de la Sociedad de Cazadores Nuestra Señora la Morenica de Ujué y apoyados por otros cotos de la zona, desde ADECANA promueven que se modifique la normativa de vedas en Navarra ampliándose la caza de conejo durante los citados meses a los cotos que así lo dejen reflejado en sus correspondientes P.O.Cs. Actualmente, el Departamento de Medioambiente está desautorizando la caza de conejo durante el mes de enero a los cotos de la zona media de Navarra argumentando índices I.K.A. inferiores a 0,8 ejemplares/km. Con esta medida se hace ver que se pretende aumentar las poblaciones de conejo en los cotos con escasez de ejemplares. Nada más lejos de la realidad. Los cazadores navarros saben por propia experiencia que en inviernos cálidos, por su propia biología y capacidad reproductora, las conejas comienzan a quedarse preñadas en los primeros días del año. Desde el colectivo de cazadores somos los primeros en rechazar la caza de conejas preñadas en enero, pero también somos los primeros en reclamar la caza del conejo se adapte a aprovecharlos cinegéticamente antes que las dos epidemias acaben con ellos. Este es el fundamento de nuestra petición. El buen cazador de conejo es aquel que está interesado en fomentar, gestionar y aprovechar la especie en las fechas convenientes. Pero de nada les sirve a las sociedades de cazadores de la zona media el trabajar intensamente y denodadamente a favor del conejo en primavera y verano mediante vacunaciones, desinfecciones de vivares, desbroces de terrenos llecos y siembras de hierba, en definitiva, mejorando el ecosistema si luego nos encontramos con los animales muertos, no sirviendo para nada el trabajo y el gran esfuerzo económico que las sociedades de cazadores emplean en ello. Por todo ello, desde ADECANA y las sociedades de cazadores impulsoras de esta petición, proponemos una revisión inmediata de la normativa de vedas ampliando la caza de conejo durante los meses de septiembre y octubre. En la actualidad la normativa aplicable al respecto viene establecida en el artículo 11 de la orden foral por la que se aprueba la disposición general de vedas de caza para la campaña 2014-2015, el cual establece lo siguiente:
1. Se autoriza la caza del conejo desde el 1 de noviembre de 2014 hasta el 29 de enero de 2015, los jueves, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de acuerdo al calendario concreto establecido para cada acotado. 2. Los cotos que justifiquen daños de conejo, (mediante autorizaciones excepcionales de caza de conejo por daños), o aquellos cotos que tengan un IKA de conejo mayor de 3 en todo el acotado podrán cazar en las zonas establecidas al efecto en los Planes de Ordenación Cinegética, desde el 15 de agosto, hasta el 5 de octubre de 2014, los sábados, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de forma organizada. Para la realización de estas cacerías será obligatoria la asistencia del guarda del coto. Para ello, se notificará previamente al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, los días concretos de caza, la justificación de los daños y la contratación del guarda.Mediante la modificación propuesta se solicita que sea modificado el punto 1 en el siguiente sentido:
1. Se autoriza la caza del conejo desde el 1 de septiembre hasta finales de enero de cada año, los jueves, domingos y festivos de carácter nacional, foral o local, de acuerdo al calendario concreto establecido para cada acotado.La decisión del número de días de caza corresponderá a los gestores de cada coto que se quedará reflejado en su propio P.O.C.