La petición de los cazadores de UNITEGA se fundamentó en lo dispuesto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y que en su Artículo 16.1.d) dice lo siguiente sobre los procesos de participación pública:
«Una vez examinadas las observaciones y opiniones expresadas por el público, se informará al público de las decisiones adoptadas y de los motivos y consideraciones en los que se basen dichas decisiones, incluyendo la información relativa al proceso de participación pública».
La Dirección Xeral de Conservación da Natureza remitió un escrito a UNITEGA el pasado 1 de marzo en el que dice lo siguiente:
«En toda la normativa, se recoge la obligación de tomar en consideración las propuestas que reciba la Administración, admitiéndolas o rechazándolas, y que las recoja en el informe final. En ningún caso dice, que se tenga que contestar a dichas alegaciones, sino solamente que se recojan en el citado informe fina, que tampoco resulta obligado publicar».
UNITEGA acude al Defensor del Pueblo
Paralelamente a la petición que se envió a la Xunta de Galicia, y ante la previsible negativa de ésta a publicar el informe final de las alegaciones, UNITEGA remitió una queja al Valedor do Pobo de Galicia (Defensor del Pueblo) que curiosamente sí encontró motivos para aceptarla, y así se lo comunicó a los cazadores de UNITEGA el pasado 19 de febrero de 2013. Es por esta circunstancia que a partir de este momento, será el Valedor do Pobo de Galicia el que se ocupará de reclamar a la Xunta de Galicia que dé publicidad al informe final de las alegaciones de la nueva Ley de Caza de Galicia.
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