Así se declaraba la emergencia cinegética, por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
¿A qué afecta la modificación de los periodos?
Las especies que se podrán cazar en dicha ampliación son la perdiz y el jabalí, variando su fecha en función de la modalidad practicada.
Por tanto, los puntos tratados en la resolución para la temporada de caza 2020-2021 son los siguientes.
- Caza de perdiz en la modalidad de suelta hacia puesto fijo o a línea de escopetas. En este caso el periodo se prolonga hasta el día tercer domingo de marzo, es decir, el día 21 de dicho mes. En aquellas zonas en las que existan especies amenazadas, se podrá limitar el periodo a lo previsto en el plan técnico.
- En cotos privados con aprovechamiento intensivo la caza de perdiz en modalidad de ojeo, al salto, en mano o suelta para el inmediato abatimiento, se amplía hasta el tercer domingo de abril, es decir, el día 18 de dicho mes.
- En cotos de caza mayor (incluyendo también los sociales) que organicen acciones colectivas de caza mayor se amplía la fecha para las batidas de jabalí hasta el segundo domingo de marzo, es decir, el día 14. En este período, las especies que se pueden abatir son únicamente jabalí y zorro.
¿A qué se debe esta modificación repentina?
La Federación Extremeña de Caza ha publicado estos cambios —consensuados con la Junta de Extremadura— en el periodo de vedas de su ley de caza, a consecuencia del parón que ha sufrido la actividad en los últimos meses a causa de las restricciones de movilidad de la COVID-19.
El fin de la ampliación es controlar las poblaciones de jabalí para paliar los daños que afectan a la agricultura y la ganadería, así como sus efectos en los accidentes de tráfico.
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