Galicia

¡Última hora! Permitidos los desplazamientos de todos los cazadores gallegos para el control del jabalí y del lobo

Se acabó la desinformación. Después de una larga espera, la Administración gallega publica hoy por fin que los cazadores gallegos, sin distinción de si están federados o no, pueden cazar el jabalí y realizar los controles de lobo.


 Jabalíes
Jabalíes

Tras haberse creado una situación de total desinformación en torno a si los cazadores gallegos podían o no desplazarse a sus acotados, al fin hoy se ha publicado una Circular de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda que aclara toda esta confusión.

Federados y no federados, sin distinción

Hace unos días, distintos medios de comunicación publicaban que los cazadores federados podían desplazarse fuera de sus municipios para desarrollar la actividad cinegética. Esto creaba un clima de enfrentamiento entre los que están y los que no están federados. Mientras unos justificaban la acción de la caza a través de la federativa, los otros se basaban en que solo la licencia autonómica de caza puede otorgar la posibilidad de cazar en cualquier situación, sea de estado de alarma o no.

Supuestos permitidos

Hoy, la Administración gallega le ha dado la razón a estos últimos. La licencia de caza será el documento oficial que permita a los cazadores gallegos desplazarse por el territorio autonómico para los siguientes supuestos:

a) Acciones de caza de jabalí, de acuerdo con la planificación aprobada para la temporada de caza 2020/2021 en los Planes Anuales de Caza de TECOR, y acciones autorizadas específicamente en tierras de régimen de caza común.

b) Actuaciones cinegéticas con motivo de daños a la agricultura o ganadería provocados por el jabalí y / o lobo (que en todo caso había requerido verificación previa por parte de la sede áreas territoriales de la CMATV).

c) Acciones de caza como consecuencia de repetidos accidentes de tráfico graves punto kilométrico.

El texto que hace referencia a esto es el siguiente:

«Durante la vigencia del estado de alarma decretado mediante Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se interpreta que en los ámbitos territoriales previstos en el punto primero del Decreto 179/2020, de 4 de noviembre y en el DECRETO 182/2020, de 13 de noviembre, del presidente de la Xunta de Galicia, por el que se modifica el Decreto 179/2020, de 4 de noviembre, del Presidente de la Xunta de Galicia, para lo cual se adoptan medidas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia para hacer frente a la crisis sanitaria, como autoridad competente delegada en el marco del estado de alarma declarado por Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por tanto, están exentos de las restricciones en la entrada y salida de personas en las áreas con restricciones territoriales planificadas, así como restricciones a la permanencia de grupos de personas en espacios públicos limitados a personas convivientes, las acciones colectivas de caza, siempre que actúen exclusivamente en las siguientes especies de caza (jabalí y lobo)» (en los supuestos arriba indicados).

Medidas de prevención sanitaria

En todo caso, durante el desarrollo de estas acciones cinegéticas se permite la actividad caza en todas sus formas, siempre que se respete la distancia de seguridad se utilizan medidas de protección física interpersonales o, en su defecto, alternativas.

El uso de la máscara será obligatorio, en cualquier caso, incluso si se mantiene la distancia de seguridad Interpersonal de 1,5 metros.

Desde Galicia nos instan a agradecer el trabajo realizado por parte de la Mesa Galega pola Caza, Ategal y otras asociaciones, así como la respuesta positiva por parte de la Consellera de Medio Ambiente a una aclaración muy necesaria.

Ver la Circular completa »

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