Milongas

Define la Real Academia Española de la Lengua «milonga» como una composición musical folclórica argentina de ritmo apagado y tono nostálgico, que se ejecuta con la guitarra.


Canciones populares del Río de la Plata que con ese fondo de lamento, queja y demanda son la forma tradicional de expresar los sufrimientos y penas por amores varios en aquella zona. Igual que, coloquialmente, el término en Argentina mantiene la aceptación de riña o disputa, en España lo hemos equiparado a mentira o embuste, a engaño o cuento con el que describir un enredo o situación falsa. Aquí, hemos cambiado el cantar una milonga por contar milongas, somos así. De las milongas como cuentos, como engaños o embustes escondidos en mentiras a medias, deberíamos tener la obligación de escapar los medios de comunicación, evitando partidismos y una falta de objetividad en nuestras aportaciones que perjudiquen la información que transmitimos y que los cazadores y el sector, en nuestro caso, reciben. Que sean ellos, con datos e informaciones veraces, los que saquen posteriormente sus conclusiones personales es nuestro reto. Por mantener este principio y ante la imposibilidad de asistir a la rueda de prensa que la Real Federación Española de Caza (RFEC) convocó el pasado 4 de julio, para explicar la firma del convenio entre esta entidad y Azor Ambiental, S. A. para el desarrollo de la munición al plomo, remitimos un correo electrónico a la RFEC solicitando poder transmitirle las preguntas que, sobre el tema, hubiéramos querido realizar a su Presidente –que, según la mentada invitación, estaba en su momento dispuesto a contestar—, de manera que pudiésemos informar en profundidad y objetivamente sobre las ventajas reales o, si existiesen, beneficios potenciales y su cuantificación, para los cazadores españoles que han sufragado los gastos del proyecto. Como nunca llegó respuesta a nuestra solicitud, ésta se cursó nuevamente a todos los responsables de las distintas territoriales, logrando mejores resultados… aunque improductivos de cara a nuestros fines, pues los que contestaron en aquel momento, lo hicieron para decirnos que no sabían nada del tema, que nadie les había remitido documentación alguna e, incluso, que a alguno ni se le había invitado a la reunión. De traca. Nos quedábamos, como suele decirse, compuestos y sin novia; es decir, sin respuestas. Éstas, que eran simples, se las transmitimos por si las encuentran de interés: ¿Cómo se va a documentar fiscalmente el acuerdo que se ha firmado? ¿Los 330 euros por tonelada que se recibirán serán netos de impuestos, el total de la factura o la base imponible? ¿Supondría, de ser el total de la factura, que el 18 % de IVA, entonces, el 21 %, ahora por desgracia , no sería ingreso para el cazador, sino recaudación de IVA que terminaría en las arcas de Hacienda? ¿Habría que pagar, igualmente, impuestos de hasta un 30 % por esos 272,73 euros de beneficio por tonelada, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria? ¿Sería, por tanto, más acertado decir que lo que el cazador recibirá por tonelada después de impuestos y si ha de pagar éstos , serán 190,91 euros, en lugar de los 330 comentados? Y ya, puestos a preguntar: ¿se explotará el acuerdo directamente por la RFEC o por las sociedades que se crearon al efecto? En caso de ser por la RFEC, ¿para qué se crearon las sociedades gastando importantes cantidades de los cazadores, si luego no han servido para nada? Si, por el contrario, se van a utilizar, ¿tendremos que pensar que de esos hipotéticos ingresos se tendrán que sufragar los gastos de los directivos de esas sociedades, que con los números que se manejan supondrían unos 60.000 euros anuales, más o menos, además de otros gastos de funcionamiento por no menos de esa misma cantidad? ¿Serán necesarios, por tanto, los ingresos producidos por las primeras 629 toneladas sólo para sufragar gastos y no perder más dinero (los cazadores), en caso de no gestionar el acuerdo la RFEC con su estructura, personal, materiales y patrimonio actual? Puestos en contacto con responsables y empresas del sector armero, nos han cifrado el consumo de plomo en términos de disparos en el mercado español entre 150 a 180 millones de cartuchos/año entre competición y caza, por lo que, promediando, según ellos, el peso de los cartuchos en 30 gramos, supondría un consumo de 4.500 a 5.400 toneladas al año de plomo. Si tenemos en cuenta las teorías macroeconómicas con mayor difusión a nivel mundial, deberíamos establecer una cuota de mercado para empresas de nueva creación en un sector entre un 10 a 12 %, siempre y cuando queramos tomar los porcentajes que, según estas teorías, supondrían un importante posicionamiento que en pocas ocasiones se produce, pues la cuota que las nuevas empresas logran obtener en sus primeros años rara vez supera el 3 a 5% del mercado, siendo complejo desbancar a las otras empresas ya consolidadas. No obstante, teniendo en cuenta las posibilidades de explotación de mercados fuera de España, nos gustaría pensar en esas cifras cercanas a las 500 toneladas, siempre y cuando, evidentemente, el precio definitivo sea competitivo. A estos números habría que sumar un planteamiento en forma de pregunta, que al final nadie nos ha querido contestar, por lo que se lo transmitimos a ustedes, señores lectores, de manera que puedan concluir si este proyecto puede ser viable como parece se quiere hacer ver , les han cantado a ustedes una milonga o, sencillamente, se la han contado. ¿Qué opción preferirían ustedes: gastar 1.500.000 euros que ya no tienen en el banco, logrando una rentabilidad como la comentada, o haber dejado en el banco esos 1.500.000 euros más su capitalización durante todos estos años, invirtiéndolos a los intereses que en la actualidad se pueden lograr, una vez pagados los correspondientes impuestos? Hagan números y decidan.
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