Andalucía

Cuatro días de caza de la tórtola en Andalucía, cupo de cinco y hasta las 12 horas

El último fin de semana de agosto y el primero de septiembre, desde el amanecer hasta las 12 horas y con cupo de cinco ejemplares. Estas son las condiciones de la caza de la tórtola para esta media veda en Andalucía.


 Tórtola
Tórtola

Hoy martes 4 de agosto ha sido publicada la Orden de 28 de julio de 2020, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuatro medios días de caza de la tórtola

La orden nace con el objetivo de la modificación de la Orden de 5 de julio de 2018, concretamente en su artículo 3, que queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 3. Media veda para la caza de codorniz, tórtola, palomas y córvidos.

1. Solo se podrán cazar codorniz, palomas y córvidos los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 18 de agosto y el 21 de septiembre, excepto en la zona costera de la provincia de Cádiz, definida en el Anexo I, donde se podrá cazar todos los días de la semana desde el primer domingo del período comprendido entre 1 y el 21 de septiembre. Se incluyen todas las palomas cazables: torcaz, zurita y bravía.

2. La tórtola común o europea solo se podrá cazar el último sábado y último domingo de agosto y el primer sábado y primer domingo de septiembre en el periodo horario comprendido entre el orto y las 12.00 del mediodía.

Se mantiene el cupo de 5 ejemplares por cazador y día establecido en el artículo 13».

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