La medida pretende evitar en las granjas de cría perjuicios derivados de las lluvias producidas durante la temporada de caza
Su número se ha multiplicado en estas instalaciones debido a las malas condiciones meteorológicas imperantes durante la temporada de caza que han provocado un descenso de los eventos cinegéticos en los que estaban programadas dichas sueltas.
Esta medida, de carácter excepcional y transitorio, se ha adoptado en consenso con el sector avícola y cinegético y está basada en lo dispuesto por la normativa vigente en materia ambiental y sanitaria. En este sentido, la Ley 8/2003 de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres de Andalucía permite modificar los periodos hábiles de caza cuando exista una situación de emergencia ocasionada por factores meteorológicos, biológicos, sanitarios o ecológicos que puedan suponer un riesgo para las especies cinegéticas o sus hábitats. Por este motivo, Medio Ambiente ha ampliado en 25 días el plazo para la suelta en los escenarios de caza de las especies mencionadas, la mayoría de las cuales se contemplaban inicialmente hasta el 31 de marzo según la Orden General de Vedas 2009/2010.
Las lluvias producidas durante la temporada cinegética han motivado un importante descenso en la demanda de ejemplares de caza menor para su suelta, por lo que buena parte de las 75 granjas cinegéticas existentes en Andalucía (23 en Jaén, 14 en Córdoba, 11 en Almería, 9 en Málaga, 7 en Granada, 6 en Sevilla, 3 en Cádiz y 2 en Huelva) han experimentado una importante merma en su actividad económica. Además, muchas de ellas se encuentran por ese motivo al límite de su capacidad, circunstancia que también supone un perjuicio económico y que impide su correcto funcionamiento, así como dificulta el cumplimiento de las garantías sanitarias que la ley exige a estas instalaciones para controlar posibles enfermedades y mantener la calidad, salud y pureza de los individuos.
La ampliación del periodo hábil de suelta permitirá hacer efectivas las repoblaciones de perdiz, ánade real, faisán, paloma zurita, paloma bravía y codorniz previstas en los planes técnicos de caza de las 10.000 hectáreas de terrenos correspondientes a los 400 escenarios de caza repartidos por toda la Comunidad Autónoma. Esta medida se encuentra supeditada al cumplimiento de las condiciones generales previstas en el Decreto 182/2005, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la caza, las cuales están dirigidas a la protección de la biodiversidad de la zona afectada y la pureza genética de las especies autóctonas de Andalucía, a la prevención de la competencia con las mismas, así como a la protección frente a epizootias.