Desde el 1 de septiembre y hasta el 30 del mismo mes se extiende el plazo de presentación de las solicitudes para participar en el sorteo de la oferta pública de caza en terrenos cinegéticos bajo gestión pública. Podrán hacerlo todas las personas que deseen practicar la caza en terrenos gestionados por la Junta de Extremadura.
Requisitos
1. Requisitos del artículo 28 de la Ley de Caza:
a) Cazadores de ámbito local: personas naturales o con vecindad administrativa en los términos municipales en los que esté ubicado el terreno.
b) Cazadores de ámbito autonómico: personas naturales o con vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Cazadores de ámbito nacional o equiparado: cazadores españoles, nacionales de un estado miembro de la Unión Europea y los de otros Estados con acuerdos equivalentes.
2. Los cazadores de ámbito local podrán participar en el sorteo, también, como autonómicos en otro terreno cinegético distinto de aquel en el que tengan la condición de locales y únicamente en modalidades de caza que no se realicen en dicho terreno.
3. No haber sido sancionado en virtud de resolución administrativa ejecutiva o resolución judicial firme por hechos relacionados con el medio ambiente.
Formulario de solicitud
La Oferta Pública de Caza, que se publicará antes del sorteo, incluirá un listado de las acciones cinegéticas ofertadas para cada temporada, especificando la modalidad, el número de cazadores por acción colectiva y el terreno concreto, así como el número de permisos asignado a cada grupo de cazadores.
La distribución de los permisos se hará mediante sorteo público de la siguiente manera:
- 50% para cazadores de ámbito local.
- 40% para cazadores de ámbito autonómico.
- 10% para cazadores de ámbito nacional o equiparado.
En caso de duplicidad de solicitudes, se tendrá en cuenta la última presentada dentro de plazo.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se elabora el listado de personas admitidas provisionalmente al sorteo para que se puedan realizar las subsanaciones correspondientes. Posteriormente el listado se eleva a definitivo y se asigna un número a cada persona admitida, para su participación en el sorteo.
El primer miércoles hábil del mes de marzo se realiza el sorteo público ante notario.
Elección de permisos.
Del resultado del sorteo se elabora el listado provisional de adjudicatarios que se publicará en el DOE. A partir de la fecha de publicación, las personas adjudicatarias disponen de 10 días para presentar el orden de preferencias en la elección de los permisos.
Puede acceder a los modelos de elección de los permisos aquí.
Las personas adjudicatarias que no comuniquen su elección en plazo quedarán excluidas del listado correspondiente.
Una vez comunicado el orden de preferencias, no se podrá modificar.
Cada persona adjudicataria tiene derecho a un único permiso. En caso de resultar adjudicataria como local y como autonómico, debe optar por uno de ellos en el citado plazo de 10 días.
Una vez aprobada la adjudicación definitiva de permisos, a cada persona adjudicataria se le notificará dicha adjudicación junto con el condicionado que regirá la acción cinegética y las instrucciones necesarias.
El condicionado debe devolverse firmado junto con el resguardo de abono de la tasa por permiso y del precio público que corresponda. De no remitirse en plazo, la persona quedará excluida del listado correspondiente.
Suplentes
Las personas que hayan participado en el sorteo y no hayan resultado adjudicatarias, quedarán como suplentes en el orden correlativo posterior a la última persona adjudicataria. Este orden se respetará para la elección de los permisos que hayan quedado vacantes.
A las personas suplentes se les notificará dicha circunstancia y se les remitirá el listado de permisos vacantes, concediéndoles un plazo de 10 días para comunicar el orden de preferencias en la elección de permisos.
En caso de que se agoten las listas de cazadores locales, se seguirá el siguiente orden:
1º lista de la localidad que le siga por orden alfabético, sucesivamente.
2º una vez agotadas las listas de locales, se pasaría a la lista de cazadores autonómicos.

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