Castilla y león

Es oficial: se reduce el cupo para la caza de la codorniz a 20 ejemplares por cazador y día

Para la tórtola europea, las capturas se limitan a 6 ejemplares. Otros cupos son 4 avefrías, 3 para las agachadizas, 3 también para la becada y 2 ejemplares de silbón europeo.

Codorniz

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León la orden AGR/7/743/2026 por la que se fijan los cupos y las medidas de protección de las especies cinegéticas citadas. Lo más relevante, los cupos de capturas que deben cumplir los cazadores.

Tórtola

 

Tórtola europea

En el caso de la tórtola común o europea, el establecimiento de cupo diario por cazador durante la pasada temporada cinegética fue consecuencia de la decisión de la Comisión Europea de levantamiento de la moratoria a la caza de esta especie al haberse acreditado un crecimiento poblacional marcado durante dos años seguidos, un índice de supervivencia superior a 1 y el compromiso firme de los Estados miembros de implantar sistemas fiables de control de las capturas diarias. Según los datos presentados por el grupo de trabajo NADEG el pasado 18 de mayo de 2026, la población de tórtola europea en el corredor occidental se estima en 9,98 millones de individuos, lo que confirma una recuperación clara desde la moratoria de caza de 2021, con un crecimiento lineal del 9,6 % anual.

La Comisión Europea plantea nuevamente un escenario de extracción para el corredor migratorio occidental (Italia, Francia, España y Portugal), manteniendo, por razones de incertidumbre, especialmente en relación con la supervivencia juvenil, una tasa de extracción del 1,5 % de la población. De esta forma, en el contexto europeo del corredor, la Comisión autoriza una extracción total de 149.744 ejemplares para la temporada 2026-2027, de los cuales se han asignado al Reino de España 121.500 ejemplares. En el seno del Comité de Caza, órgano colegiado regulado mediante la Orden APA/150/2026, de 24 de febrero, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de común acuerdo con el resto de comunidades autónomas, ha asignado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León un cupo de 15.309 ejemplares, lo que representa un incremento del 13,6 % respecto de la temporada anterior, bajo el compromiso de que este cupo de extracción sea regulado mediante un sistema de control efectivo de las capturas diarias.

El resuelvo cuarto de la Orden MAV/659/2025, de 13 de junio, estableció un sistema de preferencia para aquellos cotos de caza que se adhirieran a un mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola, mediante el establecimiento de sistemas de control de capturas y el compromiso de registrar telemáticamente las capturas de paloma torcaz durante la media veda de la temporada 2025-2026. Esta adhesión otorgaba preferencia a los titulares cinegéticos para la realización de acciones de caza sobre la tórtola europea en la media veda de la temporada 2026-2027. Tras la evaluación efectuada sobre los solicitantes, se ha comprobado que 682 cotos de caza han cumplido con los requisitos establecidos y, por tanto, pueden ser autorizados para el ejercicio de la caza sobre la tórtola.

Codorniz

Respecto a la codorniz común, el pasado 15 de febrero de 2026, el Consorcio Científico dependiente del NADEG, a través del documento Towards an Adaptive Harvest Management mechanism for Common Quail (Coturnix coturnix). Proposals for management and research, sugirió una prohibición temporal de la caza o, al menos, una reducción muy sustancial de los cupos de captura de esta especie. No obstante, tras el análisis y tratamiento de la mejor y más actualizada información sobre la especie por parte de las comunidades autónomas y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Reino de España ha elaborado una Propuesta de acción para una gestión sostenible de la codorniz común (Coturnix coturnix) – Comité de Caza, España, documento que ha sido elevado a la Comisión Europea el pasado mes de mayo.

Esta propuesta asume el compromiso de que para la temporada 2026-2027 la caza de la codorniz común se lleve a cabo, al menos en el caso de Castilla y León, únicamente durante el periodo estival denominado Media Veda, bajo el principio de establecimiento de un cupo por cazador y día como herramienta de limitación del esfuerzo cinegético y de que, adicionalmente, se establezca un sistema de control de capturas a escala territorial (coto de caza) con la finalidad de que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pueda remitir los datos de capturas a la Comisión Europea antes del 15 de octubre.

Días hábiles

La caza de la codorniz común se permite los martes, jueves, sábados y domingos del periodo comprendido entre el 15 de agosto y el 20 de septiembre de 2026, no permitiéndose su caza durante la temporada general. Los titulares cinegéticos deberán disponer de un mecanismo de control efectivo de las capturas de codorniz común mediante alguno de estos dos sistemas:

1. Registro telemático de las capturas, por parte de cada cazador autorizado, mediante la aplicación CAPTURCYL. El registro deberá efectuarse antes del transporte de las piezas de caza fuera del coto donde hayan sido capturadas.

2. Entrega de una ficha de control de capturas diarias a cada cazador autorizado, según el modelo disponible en la página web de la Junta de Castilla y León, apartado Caza. El cazador deberá devolver esta ficha de control al titular cinegético o a su representante legal a fecha de 21 de septiembre de 2026. El titular cinegético deberá grabar los resultados de las capturas en la aplicación disponible en el enlace disponible en la página web de la Junta de Castilla y León, apartado Caza. El proceso de grabación de resultados deberá estar finalizado antes del 30 de septiembre de 2026.

Silbón europeo

 

Ánade silbón europeo

En lo referente al silbón europeo, el Consorcio Científico dependiente del NADEG elaboró un documento Towards an Adaptive Harvest Management mechanism for Eurasian Wigeon (Mareca penelope). Proposals for management and research, de 18 de febrero de 2026, en el que propone a los Estados miembros reducir las capturas en, al menos, un 25 %, dado el declive observado y creciente a largo plazo, de tal forma que se maximice la probabilidad de una rápida recuperación de la población. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León las capturas de esta especie cinegética son testimoniales. No obstante, resulta coherente fijar un cupo por cazador y día para aquellos terrenos cinegéticos cuyos planes cinegéticos contemplen su caza, al objeto de salvaguarda de las poblaciones de esta especie cinegética.

Avefría

 

Avefría, las agachadizas y la becada

En cuanto a la avefría, las agachadizas y la becada, el establecimiento de un cupo diario por cazador, de aplicación directa a aquellos terrenos cinegéticos cuyos planes cinegéticos también contemplen su caza, es una herramienta proporcionada para garantizar la gestión sostenible de estas especies migratorias invernantes, especialmente durante los fenómenos de concentración puntual en Castilla y León.

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