Indemnizaciones agrarias

Asturias actualiza las indemnizaciones por daños producidos por fauna silvestre a la agricultura y la ganadería

La Consejería de Medio Rural y Política Agraria ha aprobado una actualización del baremo de indemnizaciones por los daños producidos por fauna silvestre en la agricultura y la ganadería, que introduce mejoras en la valoración económica de los daños, mantiene las bonificaciones por medidas preventivas y concreta criterios técnicos.

Asturias actualiza las indemnizaciones por daños producidos por fauna silvestre

El director general de Planificación Agraria, Marcos da Rocha, ha dado a conocer hoy el documento a organizaciones agrarias y asociaciones del sector agroganadero, así como a la federación de caza y Fadovisa, durante una reunión celebrada esta mañana.

Da Rocha ha explicado que el objetivo del Gobierno de Asturias es adaptar el sistema de indemnizaciones a la realidad actual del sector agrario y garantizar una compensación más ajustada a los daños reales, al tiempo que se incentivan las prácticas preventivas y se mejora la eficiencia en la gestión de los expedientes. También ha resaltado que el nuevo baremo es fruto de un proceso de revisión técnica en coordinación con el sector, tras el que se han incorporado numerosas aportaciones y mejoras derivadas de la experiencia acumulada en su aplicación.

Estos son los ajustes

La norma incorpora incrementos en los valores de referencia para las especies ganaderas, ajustes para distintos sectores productivos y una revisión de los criterios de cálculo del lucro cesante y las bonificaciones asociadas a la calidad diferenciada, la producción ecológica y las medidas de autoprotección.

Así, en el caso del ganado bovino, se han incrementado los valores de referencia entre el 2% y el 27%, en función del sexo, edad y morfotipo productivo. Se incluye además una nueva categoría en terneros de 0 a 6 meses de morfotipo lácteo y se ajusta su valoración a la realidad productiva del sector.

En el caso del ovino y caprino, se revisan los grupos de edad para adaptarlos a los sistemas de identificación obligatoria. Por su parte, en el del porcino se incluyen ajustes de valoración ligados a la evolución del mercado.

El baremo también refuerza la coherencia del sistema de indemnización, al unificar criterios previamente aplicados de forma parcial, como la extensión de determinadas reglas de lucro cesante a todas las especies, o la eliminación de interpretaciones dispares en algunos supuestos de edad y producción.

Igualmente, se consolidan las bonificaciones por pertenencia a libros genealógicos, con incrementos del 10%, que pueden alcanzar el 20% en el caso de razas autóctonas.

Asimismo, se mantiene el incentivo del 10% adicional para explotaciones inscritas en figuras de calidad diferenciada (denominaciones e indicaciones geográficas protegidas) y para aquellas que desarrollan producción ecológica certificada conforme a la normativa europea.

Respecto a la adopción de medidas preventivas y de autoprotección frente a la fauna silvestre, las bonificaciones se mantienen en un incremento del 10% del valor de tasación vinculado a la implantación efectiva de medidas recogidas en el baremo.

Además, la actualización introduce cambios orientados a mejorar la seguridad jurídica del procedimiento. Para ello, clarifica conceptos como lucro cesante, medidas preventivas y criterios de valoración técnica. Al mismo tiempo, se eliminan ambigüedades detectadas en la aplicación del baremo anterior y se precisan los supuestos en los que procede la aplicación de bonificaciones o su exclusión.

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