En la citada resolución encontramos varias novedades, como el aumento de jornadas hábiles para la caza de la especie durante la temporada estival, así como el número de ejemplares que se permite abatir, casi 5.000 más que el pasado año.
1. El cupo de capturas asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía durante la temporada cinegética 2026-2027 es de 40.338 tórtolas. Este cupo se repartirá entre aquellos cotos de caza cuyos titulares, de acuerdo con el apartado Segundo de esta resolución, hayan ejecutado medidas de gestión del hábitat que sean beneficiosas para la tórtola europea durante la temporada cinegética 2025-2026.
2. Para el ejercicio de la caza de la tórtola europea, el aprovechamiento cinegético de esta especie deberá estar autorizado en el plan técnico de caza en vigor de cada acotado.
3. Será en todo caso obligatorio el uso de la herramienta Precinto Digital de Caza para los titulares de cotos de caza con cupo asignado, así como para las personas cazadoras que pretendan ejercer la caza de la tórtola europea. Este Precinto Digital de Caza, consistente en una aplicación móvil conectada a un servidor central, será puesto a disposición de los titulares de los cotos y personas cazadoras por parte de esta Consejería, con la finalidad de controlar que las capturas realizadas no superen el cupo asignado a cada coto de caza. El sistema de identificación de los cazadores con derechos de caza se realizará por los titulares cinegéticos a través de la propia herramienta.
4. El listado de los cotos donde se autorizará la caza de la tórtola europea se establecerá por resolución de la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de caza, donde se indicará el cupo asignado a cada coto en la temporada cinegética 2026-2027, de acuerdo con las directrices establecidas para la temporada por el órgano de gobernanza del Plan de Gestión Adaptativa de la caza de la tórtola europea en el pasillo migratorio occidental.
5. El cupo total de capturas asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía se repartirá entre los cotos de caza autorizados, atendiendo a los siguientes criterios:
- El 80% del cupo se repartirá entre todos los cotos de caza autorizados en función de la superficie de cada acotado.
- El 20% del cupo se repartirá entre los cotos de caza autorizados que, asimismo, ostenten la condición de cotos deportivos de caza o cotos privados de caza cuyo titular cinegético sea una sociedad deportiva federada, tras propuesta de reparto por parte de la Federación Andaluza de Caza en función de la superficie y de la participación de estos cotos en proyectos de seguimiento y mejora de hábitats.
6. La superficie a considerar de cada coto de caza autorizado para la asignación del cupo será la que figura en la información cartográfica disponible de los terrenos cinegéticos correspondiente a la temporada 2025-2026 y que se encuentra publicada en la Red de Información Ambiental de Andalucía. (Catálogo REDIAM https://lajunta.es/6e4um), excepto para aquellos casos concretos en los que se adviertan anomalías y sean alegadas durante la tramitación del procedimiento de asignación.
Los titulares de los cotos interesados en la asignación de cupo para poder cazar la tórtola europea en la temporada 2026-2027 deberán informar sobre la ejecución en su coto de caza a lo largo de la temporada cinegética 2025-2026 de, al menos, dos de las diez medidas para la mejora de hábitats incluidas en el Catálogo priorizado de medidas de gestión de hábitats en ecosistemas agrarios y no agrarios para la mejora poblacional de la tórtola europea, elaborado dentro del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Además, las condiciones de obligado cumplimiento para las sociedades y cotos que quieran recuperar el aprovechamiento sostenible de la tórtola serán las siguientes:
Acreditar la adopción, durante la temporada cinegética 2025-2026, de medidas para la mejora de hábitats beneficiosas para la tórtola europea.
Tener el aprovechamiento cinegético de la tórtola europea (Streptopelia turtur) autorizado en el plan técnico de caza en vigor de cada acotado.
Uso obligatorio de la herramienta (aplicación móvil) Precinto Digital de Caza para los titulares de cotos de caza con cupo asignado, así como para los cazadores que pretendan ejercer la caza de la tórtola europea.
Jornadas habilitadas para la caza de la tórtola
La pasada campaña solo se habilitaron dos días de caza de la especie. En cambio, para esta temporada, los días habilitados para la caza de la tórtola europea (Streptopelia turtur) durante la temporada 2026-2027 en la Comunidad Autónoma de Andalucía son cuatro:
- El 22, 23, 29 y 30 de agosto de 2026, excepto en la zona costera de Cádiz, cuyo ámbito territorial está delimitado en el Anexo I de la Orden de 5 de julio de 2018 por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en Andalucía, donde se podrá cazar exclusivamente los días 5, 6, 12 y 13 de septiembre de 2026.
Consulta la resolución completa en este enlace.
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