Extremadura publica la resolución que permitirá la caza de la tórtola europea bajo un modelo de gestión adaptativa
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Extremadura publica la resolución que permitirá la caza de la tórtola europea bajo un modelo de gestión adaptativa

La Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca ha publicado hoy la resolución que regula la gestión adaptativa de la tórtola europea en Extremadura para la temporada 2025-2026. Se trata de un paso clave que permitirá avanzar en un modelo de caza sostenible, basado en criterios técnicos y científicos.


Hasta el 29 de abril, los cotos interesados podrán inscribirse presentando el formulario incluido en el anexo II de la resolución. Los cotos que ya participaron en 2024 seguirán inscritos, siempre que mantengan los compromisos establecidos.

Para poder optar a la caza de la tórtola, los cotos deberán cumplir dos requisitos principales:

  1. Realizar censos de tórtolas en mayo y junio mediante recorridos de observación y escucha, usando la app CensData.

  2. Aplicar al menos dos medidas de mejora del hábitat, como siembras sin fitosanitarios, recuperación de vegetación, creación de puntos de agua o suministro de alimento suplementario.

Estas actuaciones serán verificadas por los técnicos de la Junta de Extremadura. La relación de cotos autorizados para la caza, junto con los cupos asignados y el resto de condiciones, se publicará más adelante mediante una nueva resolución.

Censos y gestión del hábitat, obligatorios

Los cotos que se inscriban en dicho inventario están obligados a realizar censos de tórtola europea mediante recorridos a pie de observación y escucha, durante los meses de mayo y junio siguiendo las indicaciones del díptico publicado para tal fin en la web https://juntaex.es. El censo se realizará a través de la aplicación CensData del Observatorio Cinegético, mediante su descarga o a través de la página web https://observatoriocinegetico.org/.

De forma complementaria y opcional, los cotos podrán realizar censos de tórtolas en zonas de alimentación.

Para favorecer la recuperación de la tórtola, los cotos que se inscriban deberán realizar medidas de gestión del hábitat, para lo cual deberán llevar a cabo al menos dos de las cuatro medidas siguientes, reflejando en la solicitud de inscripción la ubicación de los puntos en los que se realicen:

  1. Mantenimiento de la siembra existente, cuando sea el caso, en al menos, una ha, de cereal (trigo y/o avena), leguminosa (veza), oleaginosa (girasol) o mezcla de estas especies, para cuyo cultivo no se utilizarán productos fitosanitarios y que su cosechado no se realicé antes del 1 de septiembre.

  2. b) Recuperación de bosques y arbustos del entorno (zonas de nidificación), establecimiento o existencia de forestaciones y densificaciones.

  3. c) Establecimiento de puntos de agua, incluyendo entre estas tanto charcas como abrevaderos.

  4. d) Aporte de alimento suplementario de semillas (por ejemplo, trigo, colza, mijo, alpiste, girasol) durante al menos los tres meses de mayo, junio y julio. Se recomienda que sean en mezcla y que contengan al menos 3 tipos de semillas con un mínimo del 10 % de cada una de ellas.

El incumplimiento de los compromisos conlleva sanciones, incluida la exclusión del reparto de cupos y la reducción del 50% para la siguiente temporada.

Consulta la resolución al completo en este enlace.

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