Sobre el control telemático de todas las capturas de los cazadores: el peor enemigo es el traidor (Séneca)
Desconcierto, esa es la primera sensación en la cae uno al leer, en el BOCYL, la pretensión del Servicio de Caza y Pesca de la Junta de Castilla y León, de imponer un control ‘telemático’ de todas las capturas realizadas por los cazadores.
Y es su segundo intento, no se olvide.
El GRAN HERMANO orweliano no duerme. El exultante sectarismo anticaza criminalmente oculto en un caballo de Troya fruto, tal vez, de un error en el sistema de designación a dedazo, no descansa. La implantación de la “no persona”, el control absoluto y la negación de hasta la última libertad, es su misión dentro del circo troyano en que se han convertido muchas cuestiones falsamente ambientales.
Hay que leer muchas veces ese BOCYL, para llegar a vislumbrar la pretensión última de la mente enferma que gestó semejante cúmulo de disparates. Se supone “una” mente, en singular, ya que difícilmente se concibe la existencia de un grupo o colectivo que acumule tal grado de perversión —en el más amplio sentido del término— tanto en lo que respecta al desprecio a la ley y al estado de derecho, como en el grado de desconocimiento de las realidades sociales, geográficas y materiales del territorio.
Sería verdaderamente trágico —e inconcebible, reiteramos— que esta inaudita e inviable pretensión haya sido gestada colectivamente (con independencia de la responsabilidad de los superiores que lo hayan asumido hasta llegar al Boletín).
Más allá de su manifiesta inviabilidad jurídica en tanto que vulnera palmariamente, y en múltiples aspectos, el ordenamiento legal, solamente hay que comentar, a modo de resumen y como culmen del despropósito, que —de imponerse— generaría un claro y bochornoso supuesto de indefensión, contrario al derecho fundamental establecido en nuestra Constitución.
La segunda falsa e inexistente pata sobre la que pretenden crear el monstruo que nunca podrá caminar, es lo que denominan: “control telemático”.
Lo de control, se entiende bien: es el sueño húmedo de todo dictador y de ciertos funcionarios.
Lo de “telemático” es la cuestión clave en este tema y requiere el conocimiento y compresión de las técnicas de la comunicación inalámbrica a distancia mediante el uso de un teléfono o dispositivo móvil. El Bocyl no aclara si la tecnología a aplicar será por vía terrestre o mediante satélite y, por lo tanto, nos deja en la duda existencial si el aparato necesario será el móvil de tipo “inteligente” o “smartphone” de vía terrestre o un sofisticado y caro teléfono satelital.
En el primer caso se opera con ondas de radio de baja frecuencia que se trasmiten a través de una red de antenas y estaciones base terrestres que cubren, cada una, un área o superficie de terreno determinado y limitado. Para que el teléfono funcione, debe estar dentro del área de “cobertura” de una estación base.
Como es sabido, la red de telefonía móvil y todos sus equipos se realiza y depende de una serie de compañías o empresas de servicios —es decir: de terceros— que cobran por ello y que, lógicamente, los instalan, con prioridad, en las zonas de mayor concentración de población, núcleos urbanos y carreteras principales, pero que no cubren, en muchas ocasiones, zonas rurales, ni campos, bosques y montañas con escasa o nula población.
Es obvio que todos los ciudadanos de León y Castilla sabemos y vivimos a diario la falta de esa “cobertura telefónica” en la mayor parte del territorio cuando se está alejado de las poblaciones y vías principales, pudiéndose afirmar que posiblemente más del ochenta por ciento del espacio rural de campos y bosques carece de cobertura…
Obviar esta realidad es una grave irresponsabilidad que demuestra el grado de ignorancia de quien o quienes lo proponen.
Hay que añadir que este sistema de comunicación carece de las mínimas garantías —especialmente en el ámbito jurídico— ya que es inseguro por su propia tecnología de radio frecuencia, la cual es totalmente vulnerable, anulable, interceptable, etc. Inseguridad resumible en el conocido dicho “lo que sale al aire (radio) es de todos”.
Dudoso encaje tendría esta forma de relación con la Administración con las normas y garantías procedimentales contempladas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la PACAP, en lo que respecta a los derechos de los ciudadanos, los procedimientos, los registros, etc. Significando las radicales diferencias entre lo que es la relación “por medios electrónicos” y la “comunicación telemática” instantánea y desde cualquier lugar que se pretende imponer a las personas físicas de esta CCAA de Castilla y León.
En tanto que nadie está obligado a poseer ni a emplear un “teléfono satelital” —los “inteligentes” o smartphones no sirven— para comunicarse con la Administración, habrá que suponer que la Junta de Castilla y León pensará dotar a todos sus ciudadanos de estos instrumentos (Art. 12 de la Ley 39/2015) y ello después de haber puesto en órbita la suficiente red de satélites de comunicaciones que garanticen la cobertura segura e ininterrumpida en todo el territorio de la comunidad autónoma.
En cuanto a la vía terrestre, es evidente que ninguna compañía (un tercero a efectos legales) puede asegurar, ni asegura, la “comunicación” en todo momento y desde todo lugar. El servicio se puede interrumpir por muy diversas causas desde fenómenos meteorológicos, averías, mantenimiento, etc., y la cobertura desaparece en las zonas con obstáculos como montañas, edificios, bosques, etc., por lo que pretender imponer este tipo de comunicación para ejercer un control de una actividad, en un preciso instante y lugar, con carácter obligatorio y con la correspondiente vertiente sancionadora por no hacerlo, es un acto que —como ya se ha dicho antes— vulnera hasta los más elementales principios legales y crea un espacio de total indefensión.
El control de las capturas en la caza mayor está ya perfectamente establecido actualmente con el sistema de los precintos físicos que garantizan el control dentro de un marco y unos procedimientos sencillos y al alcance de todos, y plenamente compatibles con el ordenamiento legal.
Pretender ampliarlo a las especies de caza menor es, en nuestra opinión, algo que se puede calificarse como demencial.