La caza debería mirarse el ombligo y realizar una profunda limpieza

La caza debería mirarse el ombligo y realizar una profunda limpieza

Pocas veces uno siente tanta vergüenza ajena que pugna con la enorme indignación tras ver un vídeo difundido en redes sociales. En lugar de mostrar a la sociedad el compañerismo, la amistad, el respeto por la naturaleza y todo lo que la forma, la gestión de poblaciones, la fundamental labor social que realiza la caza… nos topamos con unas imágenes que acribillan todos los intentos que realizamos a diario para ensalzar la actividad cinegética como algo necesario para la España actual.


Somos conscientes de que lo que defendemos con este escrito no es bien recibido en el seno de algunas entidades, que prefieren echar balones fuera a cerrar filas en torno a lo que debería ser y representar nuestro colectivo, que no es otra cosa que un inmaculado ejemplo de rigurosidad en el cumplimiento de las normativas que lo regulan. Un colectivo que debería estar solo formado por aficionados, apasionados de la caza, con un comportamiento intachable y que nunca queden expuestos a la crítica atroz que cada día nos desestabiliza de manera más aplastante. Pero es que algunas veces llevan razón. Hay que decir basta.

Todo esto viene a colación de un vídeo que ha sido masivamente difundido por redes sociales. En él asistimos a un cúmulo de ilegalidades que destruyen la palabra CAZA a cada segundo. Un vehículo persigue a un jabalí que huye por una carretera. Primera infracción contra la normativa de tráfico, poniendo en peligro a todo aquel que circule por allí.

Pero lo peor viene ahora. Este vehículo empuja al jabalí a pasar cerca de unos coches, y por la ventanilla de uno de ellos asoma un sujeto armado que dispara contra el jabalí. En una carretera. Desde un todoterreno. Llevando el arma cargada en el interior del coche.

Desde la redacción de Club de Caza, el portal de internet de habla hispana más visitado del mundo, instamos a cualquiera que tenga algún dato sobre esas imágenes, nos lo haga saber a través de nuestro E-mail. Alguna de las federaciones con las que hemos mantenido conversaciones actuarán para intentar que esos actos no queden sin su merecido castigo.

Es la única manera. Perseguir a los que manchan el buen nombre del cazador español y expulsarlos del colectivo para que no sigan haciéndolo.

Como sabemos, cada autonomía cuenta con su ley de caza, pero todas ellas consideran disparar desde un vehículo automotor como infracción grave o muy grave.

Pero nos detenemos en la regulación de caza de Galicia, una de las más severas en este sentido, aunque deberíamos mirar con detalle la legislación guipuzcoana, pronto diremos más acerca de esto, para analizar las infracciones cometidas en las imágenes que hemos visto, pero que nos negamos a difundir de manera pública.

Zonas de seguridad. Artículo 42.

Definición.

  1. Son zonas de seguridad aquellas áreas en las cuales hayan de adoptarse medidas precautorias especiales en orden a garantizar la integridad física y la adecuada protección de las personas y bienes.
  2. Se consideran zonas de seguridad:
  3. a) Las vías públicas, entendiéndose por tales, a los efectos de la presente ley, las vías férreas, las autopistas, las autovías, las vías para automóviles y las carreteras convencionales que se encuentren debidamente señalizadas como tales, sean de titularidad estatal, autonómica o local, así como sus márgenes y zonas de servidumbre de las vías públicas y de las vías férreas, ampliadas en una franja de 50 metros de anchura a ambos lados del eje de la vía y, si estuviesen cerradas, a 50 metros del cierre.

 

Artículo 43. El ejercicio de la caza en las zonas de seguridad.

Se prohíbe en todas las zonas de seguridad circular con armas cargadas, usarlas o disparar en dirección a ellas de modo que puedan ser alcanzadas, con peligro para las personas o sus bienes, salvo que se dispusiera de autorización expresa para cazar en ese terreno.

 

Artículo 82. Retirada y devolución de armas.

  1. El/La agente de la autoridad denunciante procederá a la retirada de las armas y de su correspondiente guía solo en aquellos casos en que hubiesen sido utilizadas para cometer la presunta infracción, por disparo directo, después de producir la herida o muerte de animales no cazables o su uso en lugar o tiempo no autorizados. En todo caso, se dará recibo en el cual conste la clase, la marca, el número y el puesto de la Guardia Civil donde quedará depositada.

 

Artículo 85. Infracciones graves.

  1. Circular con armas de caza cargadas, usarlas o disparar en dirección a las zonas de seguridad, salvo que se dispusiera de autorización para ello.
  2. Cazar con armas de fuego sin cumplir las medidas de seguridad que reglamentariamente se especifiquen.

 

Artículo 86. Infracciones muy graves.

  1. Utilizar cualquier medio de transporte para disparar con armas en día, periodo, lugar o circunstancias prohibidas

 

Solo por el hecho de practicar la caza con vehículos como medio de ocultación, la ley gallega de Caza contempla sanción económica de entre 601,02 y 6.010,12 euros, así como la retirada de la licencia e inhabilitación para obtenerla por un periodo de entre un año y un día hasta cinco años.

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