Autorizado el uso de visores térmicos y nocturnos en Andalucía para la caza del jabalí
Legislación

Autorizado el uso de visores térmicos y nocturnos en Andalucía para la caza del jabalí

Hoy, 8 de junio, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución que declara la comunidad en emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdos híbridos


El significativo aumento de las poblaciones de jabalí y cerdos híbridos en Andalucía desde el año 2014, ha hecho que las Consejerías competentes en caza y ganadería hayan ido adoptando medidas excepcionales para reducir los efectos negativos de la sobrepoblación.

La última acción emprendida para gestionar la sobrepoblación de estas especies ha sido permitir el uso de visores térmicos y nocturnos. La autorización de estas herramientas no tiene otro fin que facilitar la identificación de ejemplares, la eficacia de los disparos y la seguridad de las personas.

La caza como herramienta de gestión

Los daños a la agricultura, los accidentes en carretera y la salud pública son los principales efectos de la sobrepoblación del jabalí en diferentes zonas de España. Andalucía es una de ellas y por ello, esta Comunidad Autónoma sigue reconociendo la actividad cinegética como la forma más eficaz de control poblacional del jabalí y otras especies salvajes.

Ya en 2020 la Junta de Andalucía declaró la comunidad en emergencia cinegética por los daños que estaban causando los jabalíes y cerdos salvajes.

Autorizado el uso de visores térmicos y nocturnos

Durante los últimos años, la utilización de los visores térmicos y los nocturnos con fines cinegéticos, estaban limitados a la Comunidad Valenciana y a la de Murcia. En el resto de España única y exclusivamente podían utilizarse para observar y controlar animales.

Esto ha cambiado hoy, según lo estipulado por la Junta de Andalucía en esta comunidad queda permitido el uso de estas herramientas.

Se podrán utilizar con carácter excepcional, de conformidad con el art. 9 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, los visores convencionales/ópticos de aumentos, como los instrumentos para la iluminación de blancos; los de visión nocturna o los visores térmicos acoplados al arma.

Sin embargo, tal y como aparece en el Boletín Oficial, “sólo armas del tipo D armas de fuego largas rayadas, durante la práctica de la modalidad del aguardo nocturno”.

También los atrayentes

Además, en la modalidad de aguardo, también se permite, de manera excepcional, el empleo de sustancias olorosas atrayentes siempre que no sean contaminantes o nocivas para el medio natural (v.g. extractos de alimentos o plantas o derivados de la orina).

Además…

En las áreas donde se practica la caza menor con secundario de mayor, se permite realizar una batida de gestión o dos acciones de caza en mano siempre y cuando no se cacen, de manera simultánea, otras especies cinegéticas, durante el período que precede al inicio oficial de la temporada de caza mayor o desde su conclusión hasta el 15 de marzo.

 

Consulta aquí la Resolución completa.

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