¿Podremos grabar y difundir nuestras jornadas de caza? El proyecto de ley animalista lo prohíbe
Legislación

¿Podremos grabar y difundir nuestras jornadas de caza? El proyecto de ley animalista lo prohíbe

Los profesionales de los canales y empresas de servicios audiovisuales muestran su preocupación ante uno de los artículos más polémicos y radicalistas incluidos en el Proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales: la filmación y difusión de material gráfico de actividades cinegéticas.


Con la entrada en vigor de la ley animalista que prepara el Gobierno mediante procedimiento de urgencia, no podrías grabar ni difundir imágenes de tus jornadas de caza en redes sociales. Los profesionales de la grabación y edición de documentales de temática cinegética tampoco podrán trabajar. Los canales especializados que todos conocemos y vemos se verían obligados a desaparecer o a no incluir animales abatidos en sus programas.

Hoy se ha celebrado una reunión virtual de medios de comunicación con uno de los artículos de la ley animalista como tema a tratar: la intranquilidad que suscita a los profesionales del sector y a la propia RFEC el articulado de la ley animalista en referencia a los vídeos y documentales de caza.

Manuel Gallardo, presidente de la RFEC asegura que han trabajado con los partidos políticos para modificar el texto de la ley, desde el periodo de presentación de alegaciones al anteproyecto de ley, de informes de los ministerios afectados… Y ha explicado cómo se ha actuado y en qué estado se encuentra el tema en la actualidad.

Los documentales de caza son vitales para difundir los valores de la caza

Gallardo ha comenzado recordando que “el anteproyecto de ley era muy pernicioso para la actividad cinegética, a pesar de haberse suavizado, pero lo sigue siendo. Aspectos como el curso para tener mascota, pruebas de sociabilidad para perros de caza… Aspectos menores fueron cambiados, pero nos preocupaba mucho el aspecto de las filmaciones, reportajes y documentales de caza y su tratamiento en el texto”.

El presidente de la RFEC ha destacado que “Tener documentos gráficos sobre las actividades cinegéticas resulta vital para difundir los valores de la caza. Pero parece que el Ministerio de Agenda 2030 y Asuntos Sociales, junto a la Dirección General de Derechos de los Animales, por evitar esa difusión”.

Se logró cambiar levemente el despropósito inicial que prohibía cualquier vídeo de caza

Algo cambió el texto origen del anteproyecto. Hablamos del Artículo 72, que prohibía la filmación de temática cinegética en estas palabras al abarcar cualquier documento que “incluya la muerte de un animal”.

En el proyecto de ley se modifica el artículo y pasan a dividir la cuestión en dos apartados en lugar de uno. Son los siguientes:

Empleo de animales en actividades culturales y festivas

Artículo 70:

“Animales en las filmaciones y las artes escénicas. La inclusión de animales en espectáculos escénicos o filmaciones de cine o televisión u otros medios audiovisuales requerirá una declaración responsable ante la autoridad competente en la que se recojan los datos de identificación de los animales participantes, tiempos de filmación o representación y los datos de las personas responsables de garantizar su bienestar”.

Artículo 71:

“Escenas de maltrato simulado en filmaciones y las artes escénicas”.

Este artículo deja fuera los documentales de caza al referirse explícitamente como “escenas de maltrato simulado”.

Los partidos políticos conocen el problema

La RFEC ha elaborado documentos de enmiendas que han enviado a todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados explicando la inseguridad generada. En él, la RFEC ha pedido que se excluyan del artículo 70 todos los documentos gráficos que sean de temática deportiva, cinegética y de comportamiento animal.

Gallardo ha recordado que el día 21 termina el plazo para presentar enmiendas al articulado del proyecto de ley, adelantando que PP y Vox presentarán enmiendas a la totalidad y que este asunto se debatirá en el Pleno porque lo ha pedido el PP. Previsiblemente durante la última semana de septiembre o la primera de octubre, algo que conoceremos cuando concluya

El presidente de la RFEC espera que sean pocos los partidos políticos que acepten algo que ha denominado como “lógico”, adelantando que “los partidos nacionalistas van a ser muy importantes en la votación de las enmiendas”.

Por ello, ha pedido la redacción y envío de un comunicado a los partidos políticos con las inquietudes que sufren los profesionales de los canales y editoras especializadas en caza de nuestro país.

Posibles errores del artículo 70 y posible inconstitucionalidad

Nacho de la Moneda, director de programación y contenidos de Iberalia TV ha expuesto sus apreciaciones al polémico artículo 70: “Nosotros no realizamos espectáculos escénicos. Además, hay que contemplar la diferencia existente entre grabación y filmación. Esto último tiene como significado estricto “registrar imágenes en una película cinematográfica”. Por ello, nosotros no filmamos espectáculos escénicos, sino que grabamos documentales informativos de caza.

Por otra parte, este artículo puede resultar inconstitucional, ya que la constitución protege el derecho a informar y ser informado. Nosotros, lo que hacemos es informar”.

Problemas en redes sociales: la caza sería eliminada

Durante la reunión se ha abordado otro aspecto o consecuencia que tendría el texto legal, pues sería el fin de la caza en redes sociales: ni fotos ni vídeos en Instagram, YouTube, Facebook y resto de plataformas sociales. Esto afectaría a todos los aficionados usuarios de las redes sociales, pues se podría denunciar cualquier publicación que incluyese una captura. Las propias políticas normativas de las redes se adaptarían a esto y desaparecerían muchos de los vídeos de YouTube, fotografías de Instagram o publicaciones de Facebook o TikTok, además de sancionar a quienes continúen publicando este tipo de material gráfico en sus redes sociales.

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