Polémica

Los cazadores catalanes sopesan dejar de cazar ante las desproporcionadas sanciones aprobadas durante el estado de alarma

Sin consultar con los cazadores, en pleno estado de alarma y elevando la cuantía de todas las sanciones, ya sean leves, graves o muy graves, hasta topes que alcanzan los 120.000 €. Los cazadores catalanes comienzan a hablar de abandonar la caza para que se les empiece a respetar.



La LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente fue aprobada en el Parlamento de Cataluña.

Su objetivo, como reza la propia ley, es «establecer el conjunto de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público necesarias para completar el régimen jurídico de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio de 2020, y también tiene por objeto la creación y regulación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente».

Su texto afecta a aspectos de la vida social, como el impuesto sucesiones, pero también índice directamente a las sanciones contempladas en la normativa de caza.

Sanciones desproporcionadas

Debemos partir de que la ley de caza de 1970, regulaba los delitos y las faltas en materia de caza. Pero con la nueva normativa, los delitos y las faltas pasan a ser infracciones administrativas muy graves. Esto conlleva que las sanciones que acarrean multipliquen los importes de las multas económicas.

Los cazadores, encabezados por sus representantes federativos, han alzado la voz en contra de una modificación ante la cual no se les ha consultado y que consideran desproporcionada.

Pero veamos cómo han cambiado las cantidades que la Administración se embolsaría por determinadas infracciones y sus niveles de gravedad en la nueva ley:

Infracciones leves

Sanción de 60 a 300 €

• Cazar sin llevar encima el seguro o la documentación que habilita la práctica cinegética.

• Que un menor use armas a más de cien metros de un tutor

• Incumplir cupos de capturas

• No cumplir la normativa relativa a batidas, como la señalización de la misma o no descargar un arma cuando se acerca una persona a menos de 50 metros

• Que el perro vaya sin controlar en un área de caza o en época de veda

Infracciones menos graves

Sanción: 301 a 1.000 €:

• Incumplir la orden de vedas

• Cazar sin licencia

• Que los perros estén sin control en un área privada de caza durante la temporada.

• Llevar armas cargadas y desenfundadas en un área de caza sin ser socio de la misma

Infracciones graves

Sanción de 1.001 a 3.000 €

• No colocar señales indicadoras de área privada de caza (coto) cada cien metros

• Comercializar piezas de caza refrigeradas o congeladas sin respetar la normativa vigente.

• Reiteración en infracciones como no cumplir cupos

Infracciones muy graves

De 3.001 a 120.000 €

• Colocar una parada de batida en un camino

• Cazar en área de caza ajena (furtivismo)

• Cazar en días de niebla

• Comercializar especies de caza prohibidas, como la becada.

Otros aspectos que modifica la nueva normativa

El departamento de Territorio y Sostenibilidad, que tiene competencias en patrimonio natural y protección animal, ha realizado modificaciones en el procedimiento sancionador que afectan a la caza.

Infracciones leves

De 300 a 3.000 €

• No inscribir a un perro en el registro de animales de compañía

• No colocar el microchip

• Abatir especies no cinegéticas ni protegidas, como el mirlo, la corneja o la tórtola turca.

Infracciones graves

De 3.001 a 9.000 €

• No vacunar a los perros o tenerlos en instalaciones inadecuadas

• Vender perros sin estar dados de alta en el registro de núcleos zoológicos

• Abatir especies protegidas en la categoría C o D, como son la polla de agua, lechuza, búho, abubilla, la becacina o el tejón

• Cargadores con más balas de las permitidas

• Utilizar reclamos electrónicos en la caza del zorzal

• Uso ilegal de visor nocturno.

Infracciones muy graves

De 9.001 a 45.000 €

• Maltrato y sacrificio de perro.

• Practicar la caza de especies en peligro de extinción o protegidas en la categoría A y B, como la perdiz nival o la ganga.

Los cazadores denuncian que el maltrato animal debe ser perseguido y sancionado siempre. También el que comenten ciertos colectivos animalistas. Por ejemplo, en repetidas ocasiones, animalistas ha mantenido en cautividad a un jabalí o a un corzo, castrándolos sin motivos justificados. Y nunca fueron sancionados.

El cazador, a favor de que se sancione, pero lejos de esta desproporción

Joaquim Zarzoso, presidente de la Territorial de Barcelona de la Federación Catalana de Caza ha mostrado el desacuerdo de la entidad con respecto a esta ley, en la que la Federación y sus territoriales no han sido consultadas ni han podido ofrecer su punto de vista.

Zarzoso antepone que quien incumpla la ley, debe pagar por ello, pero de una manera proporcionada, manifestando que infracciones a la Ley de Caza como el furtivismo o el maltrato animal deben estar perseguidas, incluso por la vía penal. «Pero esta modificación crea desproporciones ante infracciones catalogadas como leves», declara.

Entendemos que, partiendo de una ley de 1970, había que subirlas, como el furtivismo. Pero hay supuestos que denotan una desproporción que no entendemos.

Un ejemplo claro de lo que supone esta ley

El presidente de la Territorial de Barcelona expone un ejemplo que sirve para comprobar esta desproporcionalidad en las multas que se pueden imponer a partir de ahora: «Un cazador se acerca a menos de los 25 metros de distancia que marca la ley a un camino no transitado. Esta conducta debe ser sancionada, pero la nueva ley especifica que el cazador deberá afrontar una sanción a partir de 3.000 euros.

Zarzoso ha realizado un llamamiento a los cazadores catalanes para que cumplan estrictamente la normativa de caza, manteniendo las distancias de seguridad: «si pueden ser 40 metros de distancia a caminos, mejor que 25».

El doble de sanción que en Aragón

Además, existe un claro agravio comparativo con la Ley de Caza de Aragón, donde una infracción muy grave está sancionada con multa de hasta 60.000 euros. Esto significa que, en la comunidad autónoma vecina, la misma infracción conlleva la mitad de sanción.

El colectivo sopesa la posibilidad de dejar de cazar hasta que se les respete

Además, Joaquim Zarzoso nos traslada algo que muchos cazadores le han transmitido: «Todo esto ha sido orquestado en un momento: confinamiento, estado de alarma, con una situación económica muy delicada. Hay gente que no tiene ni para comer, ¿cómo se van a plantear asumir sanciones de este tipo que acarrean miles de euros?».

«Además, nosotros llevamos mucho tiempo reclamando ayudas. El esfuerzo que estamos afrontando para regular sobrepoblación de jabalíes nos lleva a invertir mucho dinero».

Una situación definida por Zarzoso como un detonante: «después del derroche de dinero malgastado en la vacuna anticonceptiva del jabalí, después de los múltiples ataques para desprestigiar al colectivo… Los cazadores están muy descontentos. Todo suma, y muchos hablan de dejar de cazar este año. La federación está para defender al colectivo. Si piden de manera unánime dejar de cazar, nosotros lo apoyaremos. Estaremos todos unidos».

Consulta el texto íntegro de la Ley 5/2020 en pulsando en la siguiente imagen:

Comparte este artículo
Autor: 
  
46397

Publicidad