Aun hay tres causas penales contra los animalistas que boicotearon una batida en la Comunidad Valenciana
C. Valenciana

Aun hay tres causas penales contra los animalistas que boicotearon una batida en la Comunidad Valenciana

La Federación de Caza aclara que mantiene abiertas tres causas penales contra los animalistas que trataron de boicotear la batida del Desert de Les Palmes.


En el caso de la batida del 14 febrero de 2020 la Federación recuerda que la causa penal contra dos personas está aún en fase de instrucción, después de que la Audiencia Provincial de Castellón diera la razón a la Federación y ordenara que siguiera la investigación por la interrupción de la batida, tal y como ya informó la Federación en su momento.

Otra causa penal abierta es la que corresponde a los hechos que se sucedieron el pasado 22 de enero de 2022, cuya querella presentada en su día contra otra persona está pendiente de admisión a trámite. La tercera causa penal abierta es la que se refiere a la batida del 24 de febrero de 2020 contra cuatro personas, cuya fecha para la celebración del juicio está ya pendiente de conocerse.

Boicots recurrentes en la misma zona

La Federación de Caza insiste en que tiene tres querellas penales en marcha contra siete personas por los hechos ocurridos en el Desert en tres batidas diferentes desde el año 2020. Desde la entidad insisten en que hechos tan graves como el boicot a una batida no pueden ni deben quedar impunes y recuerda a todos los federados que tienen a su disposición los servicios jurídicos de la Federación para interponer cualquier acción legal si son víctimas de situaciones como éstas.

Debemos mirar a la normativa de otros países, más duras con los anticaza

La Federación de Caza lleva mucho tiempo solicitando a la Administración que se incluya entre la normativa sanciones específicas contra todas aquellas personas que traten de entorpecer e imposibilitar batidas o ganchos de forma dolosa tal y como ya ocurre en casi todos los países europeos. Sin ir más lejos Francia, que ya recoge en su Código de Medio Ambiente sanciones expresas para todos aquellos que mediante actos concertados de obstrucción, traten de impedir el desarrollo de acciones de caza (art. R428.12.1 Code de l’Environnement).

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