Pard: equipos de visión térmica y nocturna
Aprovechando que la firma PARD ha celebrado recientemente una jornada para conocer y comprobar las prestaciones de los nuevos equipos de visión térmica y nocturna de la marca y que lo hizo en una finca de caza mayor con la asistencia de un nutrido grupo de armerías de la zona centro de España, te hablamos de estos dispositivos y de las normativas autonómicas que afectan a su utilización en la caza.
Los principales protagonistas del evento han sido los innovadores monoculares y visores digitales NV008S LRF y GSD™ 26, así como el monocular térmico TA32 y TA62 y los visores térmicos SU LRF.
PARD, líder en CLIP ON digitales, ha dado a conocer sus principales novedades en el marco de una jornada de observación nocturna, bajo el lema PARD OUTDOOR TRAINING DAY. César Godoy, responsable de PARD en España, y Jesús García de Lara, de Outdoorstocks distribuidor de la marca, han presentado a los asistentes, algunos de los nuevos productos de la marca.
Entre ellos, el visor diurno y nocturno digital NV008S LRF y los conocidos CLIP ON NV007S y V 850mm y 940mm, así como la nueva gama de monoculares térmicos TA32 y TA62 presentados en IWA, y el Visor Térmico SU25 y SU45 LRF.
Cálculo balístico, rangos de detección y sensibilidad
Después de presentar la compañía, que destaca por su plena especialización en visión térmica y nocturna desde su constitución, Jesús ha introducido las principales novedades, como la función de cálculo balístico. Las nuevas unidades que se caracterizan por ofrecer una mejor resolución, un excelente rango de detección y un notable aumento de la sensibilidad.
Aquí tienes una recopilación de 10 disparos apoyados por la visión del Pard NV008
Producto para cazadores exigentes
Otro de los productos protagonistas de la jornada ha sido el dispositivo NV008S LRF que con un PVP de 749€ y 1.069 en su versión LRF que permite reconocer en todo momento y de forma rápida y eficaz, con un alcance de 350 metros en plena oscuridad, cualquier animal, así como el detalle de sus defensas y luchaderas con total precisión.
¿Puedo utilizar legalmente un dispositivo térmico o nocturno?
Andalucía.
Una reciente resolución publicada el 20 de mayo de este año declaraba la emergencia cinegética en la autonomía con respecto a las poblaciones de jabalí. Esto ha abierto las puertas de la autorización, excepcional, del uso de los dispositivos de visión nocturna o térmica. Eso sí, sin que se monten en el arma ni incorporen elementos de puntería. Esto significa que se pueden utilizar, de manera independiente al arma, para visualizar el tipo de animal que tenemos delante, el sexo, tamaño…
Consulta los detalles de la situación en Andalucía en este enlace.
Castilla-La Mancha
La polémica ha acompañado a los cambios en la normativa autonómica manchega y se han publicado varias aclaraciones por parte de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha y de la propia Junta.
Esta norma nos lleva hasta el reglamento de caza en su artículo 48, donde “Se autoriza la utilización del visor en las monterías, ganchos, recechos, batidas y aguardos diurnos. EN los aguardos o esperas practicados en horario nocturno, para evitar riesgos a la seguridad de las personas y garantizar la certeza en la elección de la pieza que se pretende cazar, se podrán autorizar, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del presente reglamento, fuentes luminosas. También se podrán utilizar monoculares y binoculares de visión nocturna o térmicos siempre que no estén provistos de sistema de puntería ni estén acoplados al arma”.
Esta es la norma general, que también contempla que se harán excepciones de prohibición en el uso con el fin de “controlar las poblaciones cinegéticas”. Esto es, si la junta declara la emergencia cinegética, como han hecho otras autonomías.
Consulta los detalles de la normativa manchega en este enlace.
Región de Murcia
También como novedad de este año 2022, en la Región de Murcia se ha publicado una nueva normativa, de Orden de 10 de febrero de 2022, donde se permite la utilización de visores térmicos y nocturnos montados en el arma en todas las zonas de la autonomía, excepto en las zonas de seguridad.
Consulta la norma que permite el uso de térmicos y nocturnos en Murcia en este enlace.
Comunidad Valenciana
Recientemente, la situación también ha cambiado en la Comunidad Valenciana. La sobrepoblación ha llevado a la Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica a publicar la Orden 22/2021 a autorizar el uso de dispositivos de visión nocturna y térmica incorporados al arma:
“El empleo de miras de visión nocturna o térmica incorporadas al arma o como mecanismo de puntería. El empleo de estos métodos conllevará la necesidad de identificar al cazador o cazadora autorizado para su empleo bien en la resolución administrativa que autoriza su uso, o bien en el permiso nominal emitido posteriormente por la o el titular cinegético”.
Consulta los detalles de la normativa en las provincias valencianas en este enlace.
Autonomías donde está permitido su uso, pero no acoplados al arma
Madrid, Islas Canarias, Islas Baleares, Aragón, Asturias, Galicia, Navarra,
Autonomías donde están prohibidos
Cantabria, La Rioja, Castilla y León y País Vasco
Extremadura y Cataluña, el limbo jurídico
En la autonomía de Extremadura no encontrarás nada referido a los visores térmicos ni nocturnos en su Ley de Caza de 2010. Lo mismo ocurre en Cataluña y su ley 1/1970, aunque en próximas fechas podemos tener novedades por las cuales se prevé autorizar estos dispositivos de manera excepcional como medida de prevención de los daños que los jabalíes ocasionan a la agricultura.
Te recomendamos consultar la legislación concerniente a los dispositivos de visión térmica y nocturna que rige en tu autonomía debido al cambio en la norma que están experimentando las leyes debido a situaciones de emergencia cinegética y sobrepoblación del jabalí.