La Junta interpone recurso contra la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

La Junta de Castilla y León ha decidido interponer ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, por considerar que vulnera o limita las competencias de la Comunidad en materia de medio ambiente.


La Junta considera que la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece una regulación tan exhaustiva y detallada que excede el concepto constitucional de legislación básica
La Junta de Castilla y León ha acordado interponer ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en el Consejo de Gobierno celebrado hoy en Valladolid, por considerar que vulnera o limita las competencias de la Comunidad en materia de medio ambiente. La Junta considera que la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece una regulación tan exhaustiva y detallada que excede el concepto constitucional de legislación básica, quedando mermadas las posibilidades de la Comunidad de Castilla y León en el desarrollo de la legislación básica del Estado. El Tribunal Constitucional manifiesta en su sentencia número 101 del año 2005, que la legislación básica del Estado en materia de medio ambiente no puede llegar a tal grado de detalle que no permita a las Comunidades Autónomas el desarrollo legislativo de la legislación básica, porque, en caso contrario, las competencias autonómicas quedarían vacías de contenido. La Ley 42/2007 de Patrimonio Natural, que deroga la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, efectúa una revisión total del ordenamiento con rango de legislación básica del Estado en materia de conservación de la naturaleza y sobrepasa el concepto de legislación básica, al no dejar margen en la práctica para el desarrollo normativo autonómico. En esta materia, la Comunidad de Castilla y León, según recoge su Estatuto de Autonomía, ostenta como competencias exclusivas la «pesca fluvial y lacustre, acuicultura, caza y explotaciones cinegéticas”, así como «la protección de los ecosistemas en que se desarrollen dichas actividades”. Asimismo, el artículo 71 dispone que: «En el marco de la legislación básica del Estado, es competencia de la Comunidad de Castilla y León el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en las materias de ‘Protección del medio ambiente y de los ecosistemas; prevención ambiental; vertidos a la atmósfera y a las aguas superficiales y subterráneas’, así como de los ‘Montes, aprovechamientos forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos’». Asimismo, la Junta estima que la citada Ley invade las competencias de la Comunidad en un tema de gestión exclusiva como es la actividad cinegética y reduce la capacidad normativa que la Unión Europea otorga a los gestores de las áreas protegidas Red Natura 2000.
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