Publicada la orden de vedas para la próxima temporada
Una semana después de ser aprobada, se acaba de publicar la Orden AGR/45/2018, de 13 de julio que recoge los periodos hábiles y limitaciones en el ejercicio de la caza para la temporada 2018-19 en La Rioja.
Las especies cazables que recoge la Orden son las siguientes:
Caza menor:
Mamíferos: conejo, liebre y zorro.
Aves: perdiz roja, codorniz, paloma torcaz, paloma zurita, paloma bravía, tórtola común, becada, faisán, zorzal común, zorzal alirrojo, zorzal charlo, zorzal real, estornino pinto, urraca y corneja negra.
Aves acuáticas: ánade real o azulón, ánade friso, silbón europeo, cerceta común, porrón común, cuchara común, ánsar común, focha común, gaviota reidora y agachadiza común.
Caza mayor:
Jabalí, ciervo, corzo y lobo.
Periodos de caza
Caza menor
Media Veda: Período hábil: En todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el periodo hábil de caza en media veda serán los martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico comprendidos entre el miércoles 15 de agosto Y el domingo 9 de septiembre, ambos inclusive, para todas las especies autorizadas, excepto la tórtola común, cuya apertura se realizará el sábado 25 de agosto
Especies cazables: codorniz, tórtola común, paloma torcaz, urraca, corneja negra, estornino pinto y zorro.
Cupo: se fija un cupo máximo de capturas por cazador y día de: codorniz: 20. Tórtola común: 5. Resto de las especies sin cupo.
General: Perdiz, liebre y becada: entre el jueves 1 de noviembre hasta el jueves 31 de enero de 2019, ambos inclusive.
Resto de especies: desde el viernes 12 de octubre hasta el jueves 31 de enero de 2019, ambos inclusive (consultar el enlace de la orden de vedas completa).
Caza mayor
Jabalí: en batida, desde el sábado 1 de septiembre hasta el domingo 10 de febrero de 2019, ambos inclusive. Los días hábiles son los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal o autonómico.
Corzo:
- En batida, entre sábado 1 de septiembre y el domingo 25 de noviembre de 2018, ambos inclusive. Los días hábiles son los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal o autonómico ambos inclusive.
- En rececho se podrá autorizar todos los días, desde el viernes 12 de abril de 2019 hasta el domingo 4 de agosto de 2019.
- Rececho de hembras: podrá autorizarse dentro de la campaña 2018/2019, todos los días en el período comprendido entre el viernes 15 de febrero y el viernes 15 de marzo; y en la campaña 2019/2020 en el período comprendido entre el sábado 16 de marzo de 2019 y el martes 30 de abril de 2019, y del sábado 14 de septiembre al viernes 27 de septiembre de 2019, ambos inclusive, en terrenos no propensos a daños en la agricultura.
Ciervo:
- En batida, desde el sábado 1 de septiembre hasta el domingo 10 de febrero de 2019, ambos inclusive. Los días hábiles son los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal o autonómico.
- En rececho, desde el viernes 7 de septiembre hasta el domingo 7 de octubre, ambos inclusive.
Lobo:
- Con carácter general, desde el lunes 1 de octubre hasta el domingo 10 de febrero de 2019, ambos inclusive. Los días hábiles son los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal o autonómico.
Consulta la Orden de Vedas completa.