No se podrá cazar el lobo

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha decidido mantener cautelarmente la paralización de la caza del lobo hasta la próxima temporada, desestimando el recurso de reposición que la Junta de Castilla y León interpuso contra la medida cautelar de suspender el aprovechamiento cinegético del lobo para las temporadas 2016-2017, 2017-2018 y 2018-2019, y siguiendo la petición de la Asociación para la Conservación y el Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL).


 Lobo
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Se acaba de hacer público que el TSJCyL ha acordado desestimar todos y cada uno de los argumentos manejados por la Junta de Castilla y León y mantiene la medida cautelar solicitada por ASCEL que paraliza el aprovechamiento cinegético del lobo en las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019.

Se anulan las normativas anteriores

El auto se basa en la anulación de disposiciones normativas anteriores, como el decreto por el que se reguló la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre; el aprobado en 2016 por el que se aprobó el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León; la orden por la que se dio luz verde a la Orden Anual de Caza, y el Plan de aprovechamientos comarcales para la temporada 2015-2016.

¿Gestión sin caza?

En el auto, el alto tribunal entiende que inicialmente el lobo no puede ser considerada especie cinegética y por lo tanto «no puede ser objeto de caza», dada su protección, aunque es «posible» su gestión y las decisiones que se tomen deben garantizar su conservación.

En él se cita que, con la decisión de mantener esta paralización cautelar, no se afirma, como se dice en el recurso de reposición, que la caza no sea una forma válida de gestión de lobo, sino que no se tienen «datos suficientes para poder concluir ahora en esta pieza que la suspensión de la resolución impugnada afecte a tales intereses en los términos en que se afirma que lo puede hacer».

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