El exceso en el cupo de capturas en ‘San Pedro’ conlleva sanción administrativa

El miembro de la Sociedad de Cazadores de Igueste de San Andrés que ha sido interceptado con más perdices abatidas de las permitidas por un guarda rural del distrito de Anaga, podría enfrentarse a la expulsión del coto y a una sanción administrativa.


 Perdiz moruna
Perdiz moruna

El cazador, miembro de la Sociedad de Cazadores de Igueste de San Andrés, Tenerife, que fue sorprendido con cinco perdices colgadas y continuaba cazando, saltándose así la normativa de la Orden de Vedas de Canarias y las leyes de su propia sociedad que recudía el cupo a dos, podría enfrentarse a una doble sanción.

La sanción de la propia sociedad a la que pertenece

La sociedad de San Pedro, como club privado, podría imponerle un régimen sancionador interno que podría ir desde la inhabilitación por cuatro años hasta la expulsión como miembro del coto. La directiva deberá decidir tras leer el informe emitido por el guarda rural de Anaga.

Competencia del Cabildo de Tenerife por incumplir la orden de caza

La competencia para incoar, instruir y resolver el procedimiento sancionador compete al área de Medio Ambiente del Cabildo de Tenerife.

El exceso en el cupo de capturas por cazador y día supone un incumplimiento a la Orden Canaria de Caza, más allá de las normas de la propia sociedad, y constituye por ello una infracción administrativa tipificada como menos grave en el artículo 48.12 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de caza de Canarias, con sanción de multa de 150.26 a 601,01 euros.

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