La Diputación recula y recupera la prohibición de llevar munición ilegal durante la caza

Los técnicos de la Diputación Foral de Álava consideraban el pasado mes de mayo que «la mera tenencia (de munición ilegal) sin que quede probado su uso no implica sanción». Tras varios meses de polémica y de denuncias de la oposición, se vuelve a prohibir a los cazadores la tenencia de munición no permitida.


 Munición caza
Munición caza

Esta nueva situación determina que queda prohibida«la tenencia de balas en el caso de la caza menor y con cartuchos de perdigones en el caso de la caza mayor". Es el texto contenido en el artículo 3.5.4. de la Ley de Caza del País Vasco.

El Gobierno Vasco ya avisó

Además, el artículo 56 de la ley de Caza considera infracción grave«emplear munición prohibida de forma general o para la modalidad que se esté practicando". Y el Gobierno vasco considera que«se está cazando y, por tanto, empleando munición prohibida si el cazador la lleva, desde que el cazador se pone a andar por el monte con la escopeta". 

Con la oposición en contra y estas presiones del Gobierno Vasco, la Diputación de Álava ha rectificado su decisión. Vuelve a estar explícitamente prohibida la tenencia de munición ilegal, como así refleja la Orden de Vedas, publicada a principios de agosto. En los últimos años sólo se prohibía su utilización, pero estaba permitido llevarla encima.

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