La FCCV demandará a quienes impidan la batida de jabalí en Xeraco
La Federación Valenciana de Caza pide que se respeten las leyes y que se deje de actuar arbitrariamente contra los cazadores, a quienes se recurre sistemáticamente para evitar la proliferación descontrolada del jabalí y de otras especies cinegéticas en distintas zonas de la Comunitat Valenciana.
Imperativo jurídico
Por eso, la Federación de Caza advierte que la caza del jabalí, allí donde prolifera y puede convertirse en plaga, es un imperativo legal de conformidad a la Ley de Caza de la Comunidad Valenciana al estar contemplado en los Planes Técnicos de Ordenación Cinegética. “El control poblacional de una especie recogida en un plan técnico se encuentra dentro de los deberes de gestión del titular cinegético y es de obligado cumplimiento, o de lo contrario podría incurrirse en una infracción administrativa del art. 58.1.5 y 58.2.2 LCCV”, recuerdan los servicios jurídicos. En segundo lugar, la cacería de jabalí es un mecanismo de control de especies a los efectos de evitar daños a la agricultura o para reducir el riesgo potencial de accidentes de tráfico provocados por la irrupción de estos animales en la calzada y que ha provocado varias víctimas en todo el territorio del Estado, de nuestra Comunidad y en la zona de Xeraco, en particular. De igual modo, este control poblacional evita la zoonosis y epizootias, pues la abundancia de animales puede suponer un riesgo de que los jabalíes trasmitan enfermedades (tuberculosis, peste porcina, etc.), pudiendo afectar tanto a la cabaña porcina dedicada al consumo humano e incluso a las propias personas. Con respecto al corte de caminos cuando se va a celebrar una batida, la Orden 3/2012, de 19 de enero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, estipula la obligación del organizador de la cacería de comunicar al Ayuntamiento la realización de la batida y el lugar de la misma, siempre que los cazadores se aposten en caminos (art. 6). Además deben señalizarse los caminos de acceso a la zona con las señales oficiales a los efectos de advertir a terceras personas de la realización de la misma, para que por su seguridad no se adentren en la misma. El Club de Cazadores, en aras de la seguridad, puede solicitar a su Ayuntamiento el cierre de los caminos, una circunstancia que vivimos con normalidad con motivo de fiestas patronales, fuegos artificiales, verbenas, procesiones, fallas, carreras populares, etcétera. Los cazadores deben tener el mismo trato administrativo que cuando otro club deportivo, una falla, asociación, entidad religiosa, manifestación, etcétera, solicita el corte de calles o caminos para la realización de alguna de sus actividades. Son necesidades de la vida en común que todos respetamos y comprendemos aunque no compartamos o participemos en dicha actividad.