Regulada la práctica de la cetrería en Castilla-La Mancha
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado en su edición de este miércoles el Decreto por el que se regula la práctica de la cetrería en la Comunidad Autónoma y se crea el Registro de Aves Rapaces y de Cetrería.
El periodo hábil de caza y adiestramiento será el establecido por las órdenes anuales de vedas con carácter general para la caza menor
Periodo hábil de caza y adiestramiento
El periodo hábil de caza y adiestramiento será el establecido por las órdenes anuales de vedas con carácter general para la caza menor. Durante el periodo hábil para la caza menor, sólo podrá practicarse la caza en terrenos sometidos a régimen cinegético especial. Las prácticas de adiestramiento sin sueltas de escape se podrán realizar tanto en terrenos sometidos a régimen cinegético especial como en terrenos de aprovechamiento cinegético común, mientras que las prácticas de adiestramiento con suelta de escape únicamente se podrán realizar en terrenos sometidos a régimen cinegético especial. El decreto aclara que fuera del periodo hábil para la caza menor, se podrá practicar el adiestramiento sin sueltas de escape tanto en terrenos sometidos a régimen cinegético especial como en terrenos de aprovechamiento cinegético común, mientras que las prácticas de adiestramiento con sueltas de escape únicamente se podrán realizar en zonas que, estando reflejadas en el plan técnico de caza, hayan sido previamente autorizadas por el titular cinegético. Mediante este Decreto, se crea también el Registro de Aves Rapaces y de Cetrería de Castilla-La Mancha, de titularidad pública, bajo la denominación 'Falcon' como registro adscrito a la Dirección General competente en materia de sanidad e identificación animal, con gestión compartida por la Dirección general competente en materia de caza y conservación de la naturaleza.