UNITEGA tilda de «sorprendente» el informe sobre las alegaciones de la Ley de Caza

La Consellería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia ha publicado en su página web el informe final sobre las alegaciones presentadas al anteproyecto de la nueva Ley de Caza de Galicia.


La Unión de Tecores de Galicia comenta lo siguiente:
Después de un primer análisis, UNITEGA ha podido comprobar como el 90% de las alegaciones que hizo fueron rechazadas y solo un 10% se aceptaron total o parcialmente, confirmando que la caza social en Galicia va a sufrir un duro revés con la nueva Ley. Además de por el elevado número de alegaciones presentadas por las Entidades de Cazadores, que han sido rechazadas de plano, no solo las de UNITEGA, el informe destaca por contener numerosas “perlas” que será preciso analizar con profundidad. A modo de ejemplo, cabe destacar la forma en que el Jefe de Servicio de Caza ha justificado que las Explotaciones Cinegéticas Comerciales se puedan constituir sin contar con el 100% de los derechos cinegéticos acreditados, aprovechando que APROCA presentó una alegación a los Artículos 34.3 e 34.5 que decía lo siguiente “Se propone que para declarar una explotación cinegética no se tenga que justificar la totalidad de las cesiones de derechos cinegéticos, pudiendo existir algún enclavado”. El resultado final del Articulado ha sido el siguiente: “Se considera necesario justificar la cesión de los derechos cinegéticos del 75% de los terrenos sobre los que se va a declarar una explotación cinegética comercial”. El Jefe de Servicio de Caza no sabe qué es la Custodia del Territorio Pero la “perla” más destacada que ha podido encontrar UNITEGA en una primera revisión del informe es la pintoresca respuesta que ha recibido la alegación que formuló al Artículo 70.1. y que proponía lo siguiente sobre las Entidades Colaboradoras: “Tendrán también esta condición las Entidades de cazadores que desarrollen programas con acciones de custodia del territorio y del Patrimonio Natural Cinegético, en el territorio Gallego, y que están reconocidas como entidades de custodia por la Administración competente“. El Jefe de Servicio de Caza ha respondido a UNITEGA que “Esa figura de entidades de custodia, ni existe ni se conoce muy bien lo que se pretende con ella”, cuando la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, establece, en su artículo 72 que “Las Administraciones Públicas fomentarán la custodia del territorio mediante acuerdos entre entidades de custodia y propietarios de fincas privadas o públicas que tengan por objetivo principal la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad". El contendido del informe de alegaciones es el mejor ejemplo de la falta profesionalidad del Jefe de Servicio de Caza, que ha venido ocupando ese puesto desde hace más de una década, para desgracia de todos los cazadores galles. Después de la lectura del mismo, se comprende a la perfección que utilizará todas las argucias posibles para evitar que este texto viera la luz, hasta que, finalmente y a requerimiento de UNITEGA, el Valedor do Pobo le obligó a publicarlo.
Ver el informe de alegaciones
Comparte este artículo
Autor: 
  
1983 0

Publicidad