La modificación de la orden de vedas de Castilla-La Mancha no establece limitaciones horarias

La Federación de Caza de Castilla-La Mancha y Aproca han asegurado que, en contra de algunos rumores que han surgido en torno a la nueva orden de vedas, se podrá cazar durante la media veda sin ningún tipo de limitación en horaria.


La apertura de la media veda, para todas las especies cinegéticas, debería tener una misma fecha como ha ocurrido hasta ahora en temporadas pasadas
Ambas organizaciones han recordado que estos rumores se han disparado entre los cazadores a raíz de una errónea interpretación de la Orden de Vedas de Castilla-La Mancha que apuntaban a que se prohibía la caza en media veda a partir de las 5 de la tarde. Esta interpretación del nuevo reglamento por el que se establece las normas a seguir por los cazadores, han dicho, «es erróneo y en ningún caso, fija ningún tipo de limitación para cazar por las tardes durante estos días de caza». La confusión de la limitación horaria, han recordado, se debe a que en el periodo hábil de la veda general (8 de octubre-8 de febrero) sí que establece la prohibición de cazar la paloma torcaz y la paloma zurita en puesto fijo en las provincias de Toledo y Ciudad Real a partir de las 17.00 horas. La Federación y Aproca han señalado que los cazadores deben estar tranquilos y han pedido a la Consejería de Agricultura que remita una nota aclaratoria a todos los agentes medioambientales bajo su competencia y, por otro lado, a la Guardia Civil para que asimismo aclare esta situación a todos los puestos locales. Tanto para Aproca como para la Federación de Caza la apertura de la media veda, para todas las especies cinegéticas, debería tener una misma fecha como ha ocurrido hasta ahora en temporadas pasadas. Ambas instituciones han mostrado su interés por trabajar conjuntamente con la Junta de Comunidades para lograr que en la próxima temporada vuelva a ser así, puesto que esta circunstancia provocará que otros cazadores se desplacen a otras comunidades autónomas, lo que supondrá un perjuicio económico para el sector. En este sentido, han considerado necesario que exista un consenso entre comunidades autónomas en el establecimiento de las fechas de inicio y finalización de la temporada de caza.

Orden de Vedas

La orden de Vedas de Castilla-La Mancha establece que los días hábiles de caza serán del 15 de agosto al 15 de septiembre para la codorniz y la paloma torcaz y, del 20 de agosto al 15 de septiembre para la tórtola común, estableciéndose un cupo para esta última especie de 10 ejemplares/cazador y día, salvo que en el plan técnico de caza se indique uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicho plan. Los días hábiles serán jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional. Durante la media veda está prohibida la práctica de la caza en los terrenos cinegéticos de aprovechamiento común.
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