La Junta de Castilla-La Mancha aclara qué elementos de visión y fuentes de luz se podrán emplear para la caza en la comunidad
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La Junta de Castilla-La Mancha aclara qué elementos de visión y fuentes de luz se podrán emplear para la caza en la comunidad

La federación de caza ha cuestionado las dudas que han surgido ante la publicación del documento donde se indican estas directrices y esta es la respuesta de la Junta.


Las cuestiones sobre los elementos ópticos que se pueden utilizar para la caza en función de la comunidad que sea, suscitan dudas entre los cazadores, que en diversas ocasiones no comprenden cuál es el uso legal de aparatos como monoculares y binoculares térmicos y nocturnos. En este sentido, la federación de caza de Castilla-La Mancha ha solicitado a la junta resolver estas dudas para aclararlas a los cazadores sobre qué pueden utilizar y qué no y en qué condiciones. Te contamos los detalles.

¿Se pueden emplear elementos de visión nocturna o térmica?

La respuesta es , pero en aquellas ocasiones en las que se practique la modalidad de aguardo nocturno y siempre y cuando sean aparatos monoculares o binoculares que no estén provistos de sistema de puntería ni permanezcan acoplados al arma.

En este sentido, el documento añade que, aunque por norma general está prohibido el uso de fuentes luminosas, con el fin de “evitar riesgos a la seguridad de las personas y garantizar la certeza en la elección de la pieza que se pretende cazar, se podrán autorizar, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del presente reglamento, fuentes luminosas” según indica el texto emitido por la Junta.

Excepciones de la norma

Como ocurre en determinados casos de algunas comunidades autónomas, sobre las que se delega esta competencia de elección a la hora de legislar sobre el uso de estos elementos, el texto citado menciona que se harán excepciones de prohibición en el uso con el fin de controlar las poblaciones cinegéticas.

A su vez, ocurriría lo mismo con el objetivo de evitar perjuicios para la salud y seguridad de las personas, así como para prevenir graves daños en agricultura, ganadería, forestaciones, bosques y se incluye además la propia caza.

Consideraciones de la Junta de Castilla-La Mancha

Según indica la Junta en el documento aclaratorio, en otros países de Europa, sí se han autorizado estos elementos a causa del problema con el jabalí, especie prolífera que aumenta considerablemente su población causando diversos problemas.

En este sentido, la Junta considera que en Castilla-La Mancha los riesgos son los mismos, pero para controlarlos se han tomado otras medidas. Algunas de estas medidas son la posibilidad de poder practicar aguardos nocturnos, algo que puede contemplarse en los planes de ordenación cinegética la citada modalidad de caza para jabalí.

Por otro lado, desde la temporada 2017/2018 se regulan los periodos de caza de forma que el jabalí cuenta con uno especial para ser cazado en esta modalidad.

En conclusión, para la modalidad de aguardo nocturno de jabalí se podrán usar fuentes luminosas, visores convencionales ópticos con aumentos exceptuando los nocturnos y térmicos, pero sí pudiendo emplearse monoculares y binoculares de visión nocturna o térmica cuando no tengan elemento de puntería ni estén acoplados.

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