Legislación

Continúan las críticas de los veterinarios ante los despropósitos del Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal

Se han hecho públicas las alegaciones al documento por parte de Avepa, analizando los diferentes artículos que consideran incorrectos.


  veterinarios contra ley de protección y bienestar animal
veterinarios contra ley de protección y bienestar animal

Tal y como se publicó en Club de Caza, el pasado mes de febrero se aprobó el Anteproyecto de la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales dando lugar después a un periodo de presentación de alegaciones que ha llegado a su fin durante este mes. Esto ha servido para que instituciones del sector den su opinión y se propongan modificaciones al texto tal y como ha hecho el Colegio de Veterinarios de Madrid y otras entidades. Esta redacción ya ha hablado del descontento manifestado por los veterinarios españoles ante la falta de consideración que se ha tenido de estos profesionales, principales conocedores de los animales y que por tanto podrían haber aportado bastante al documento. En este sentido, vuelven a saltar las alarmas entre el colectivo veterinario. Te contamos los detalles.

Alegaciones de Avepa ante el proyecto

Una vez finalizado el periodo de presentación de alegaciones, la Asociación de Veterinarios Españoles Especialistas en Pequeños Animales hace públicas sus alegaciones abordando los principales puntos de la futura ley como es la esterilización obligatoria o la eutanasia.

Consideraciones sobre la eutanasia

En cuanto a los aspectos relacionados con la eutanasia, Avepa hace referencia a algunos de los defectos que derivan de la redacción de la norma como el uso del termino “razón eutanásica” sobre el que afirman, “no se define en ninguna fuente de información académica o legal”.

En la misma línea critican el uso del término “muerte asistida” al considerar más apropiado el uso de “eutanasia humanitaria” o simplemente “eutanasia”

Preocupación por las prohibiciones

Lo más preocupante para Avepa es el apartado de prohibiciones de la norma, concretamente en el artículo 32 a) que establece las diferentes razones para sacrificar los animales.

La entidad veterinaria ve el principal problema en la citación de forma literal del documento donde se indica que “se prohíbe expresamente el sacrificio en los supuestos no contemplados en la presente ley, así como toda muerte inducida en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos, en general por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, abandono del responsable legal, vejez o enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento, ya sea paliativo o curativo, ni por problemas de comportamiento que puedan ser reconducidos por un educador o etólogo, así como por cualquier otra causa asimilable a las anteriormente citadas”.

Tratan el asunto de gravedad al afirmar que cualquiera de las enfermedades o lesiones potencialmente tratables y que por tanto tiene posibilidad de tratamiento curativo o paliativo por lo que no hay justificación como tal para que esto sea un criterio justificado para el uso de la eutanasia.

Métodos y herramientas que causan daños

Otro de los problemas reside en el artículo 32, d) al hablar de una prohibición de “usar métodos y herramientas invasivas que causen daños y sufrimientos a los animales, sin perjuicio de las excepciones que se establezcan reglamentariamente”.

Para estos veterinarios de pequeños animales esto debería recogerse de otra forma señalando que en tal artículo debería prohibirse de otro modo, indicando que la forma sería “usar métodos y herramientas invasivas que causen daños y sufrimientos a los animales, sin perjuicio de los tratamientos veterinarios realizados por profesionales veterinarios colegiados”.

Esto se debe a que las formas en la que se redacta el documento en este sentido, se llegaría a la indefensión jurídica de los veterinarios.

“Las intervenciones invasivas se realizan constantemente en medicina veterinaria con fines terapéuticos y deben ser dejadas a criterio del veterinario. Establecerlas reglamentariamente es imposible porque la medicina está en constante evolución, que la rigidez de una ley no puede acompañar”, asegura y advierte Avepa.

Consideración de los profesionales

En lo que al propio papel del veterinario se refieren, hacen hincapié en que deben ser tenidos en cuenta a la hora de realizar los cursos y exámenes de los que se habla en la ley y que además han de estar presentes en sus comités, así como en el Consejo Estatal de Protección Animal.

Para finalizar añaden que tal y como indica la norma, se debe estar integrado por “personas de reconocido prestigio en materia de protección animal”, algo que se ha catalogado tal y como indica Animal’s Health como una definición “demasiado vaga para una ley”.

“Claramente, este consejo debe estar compuesto por profesionales con formación científica, y/o técnica bien definida, evitando personas sin formación científica independientemente de su ‘prestigio’ en ciertos círculos”, añaden para finalizar.

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